Autorización de transporte sanitario público - Juntaex.es
Autorización de transporte sanitario público - Juntaex.es
Autorización de transporte sanitario público
Solicitud de autorización de transporte sanitario público (tarjeta clase VS), para el desplazamiento de personas enfermas, accidentadas o por otra razón sanitaria en vehículos de servicio público o privado complementario.
Fecha de actualización
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5/12/2024
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Plazo de presentación
La solicitud podrá presentarse sin sujeción a plazo determinado.
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Finalidad
Autorizar la prestación de servicios de transporte para el desplazamiento de personas enfermas, accidentadas o por otra razón sanitaria en vehículos de servicio público o privado complementario, especialmente acondicionados al efecto. -
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos aquí establecidos.
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Requisitos
- Cuando no se trate de una persona física, tener personalidad jurídica propia e independiente de las personas que, en su caso, la integren.
- En caso de personas jurídicas la realización del transporte público debe formar parte de su objeto social de forma expresa.
- Tener la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea o, en caso contrario, contar con las autorizaciones exigidas por la legislación reguladora del régimen general de extranjería para la realización de la actividad profesional de transportista en nombre propio.
- Cumplir las obligaciones fiscales,laborales y sociales establecidas en la legislación vigente.
- Disponer de un local abierto al público en municipios de más de 20.000 habitantes.
- Disponer de, al menos, 8 vehículos.
- Disponer de, al menos, 15 trabajadores, de los que, al menos 6 deberán contar con el permiso de conducción y formación exigidos en el Real Decreto 836/2012.
- Seguro de responsabilidad civil hasta 50.000.000 €.
- Esta en posesión del certificado ISO 9001.
- Contar, al menos, con un profesional con certificado acreditativo de haber superado el Curso Superior en Gestión del Transporte.
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Cuantía
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Documentación
- Solicitud.
- Justificante de haber ingresado la tasa.
- DNI y NIF del solicitante, o CIF y Escritura de constitución debidamente registrada en caso de personas jurídicas.
- Alta en I.A.E.
- Declaraciones de IRPF e IVA correspondientes a los últimos doce meses, si hubiera estado obligado a su presentación, debidamente selladas y diligenciadas por Hacienda o por entidades colaboradoras, o certificación acreditativa de su presentación expedida por Hacienda.
- Justificante de la afiliación en situación de alta de la empresa solicitante en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, y de los trabajadores que presten servicio en la empresa
- Permiso de circulación de los vehículos y ficha técnica con ITV en vigor.
- Seguro de cada vehículo con cobertura ilimitada, o limitada a 50.000.000 €, por daños a terceros
- Certificación técnico-sanitaria, expedida por el órgano competente en materia de sanidad en el lugar en que los vehículos estén residenciados, acreditativa del equipamiento sanitario y dotaciones de personal de los mismos.
- Licencia de actividad de un local abierto al público (sólo VS en poblaciones de más de 20.000 habitantes).
- Permisos de conducir en vigor y certificados o títulos acreditativos de la cualificación profesional de los conductores
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:- Solicitud de visado/rehabilitación de autorización de transporte o de actividades auxiliares y complementarias
- Solicitud de baja de autorización de transporte o de actividades auxiliares y complementarias
- Solicitud de autorización de transporte o de actividades auxiliares y complementarias
- ANEXO II (Declaración Honorabilidad)
- ANEXO I (Declaración Transmisión)
- Documentación para la obtención de autorizaciones de transportes de la serie VS
- Documentación para la obtención de autorizaciones de transportes de la serie VS ¿ sucesivas -
- Documentación para el visado de autorizaciones de transportes de la serie VS
- ANEXO III (Certificado bancario)
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Normativa
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE Nº182, de 31-07-87)
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera (BOE Nº137, de 08-07-13)
- Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera (BOE Nº 180, 29-07-13)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Infraestructuras y Logística del Transporte
- Efecto silencio administrativo: No Aplica
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
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Órgano gestor
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Dirección General de Movilidad y Transportes
Servicio de Infraestructuras y Logística del Transporte
Avenida de las Comunidades, S/N
06800, Mérida