Bloqueo/desbloqueo de parcelas (superficies rústicas)

Bloqueo/desbloqueo de recintos agrícolas para que no puedan ser declarados en ningún régimen de ayuda de la Política Agraria Común

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
15/1/2025
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Lea los requisitos y tramite

Código SIA: 3146269

  • Plazo de presentación

    Si la solicitud se hace en periodo de solicitud única, los efectos de la resolución son de la campaña en curso, si la solicitud se hace fuera de periodo de solicitud única, la resolución será con efectos de la campaña siguiente a la solicitud.

  • Finalidad

    Bloqueos: Solicitar a la Administración que determinadas superficies no sean utilizadas como parte de ninguna explotación agraria, evitando así la utilización fraudulenta de las mismas. Desbloqueos: Solicitar a la Administración que determinadas superficies que fueron bloqueadas con anterioridad puedan volver a ser utilizadas como parte de una explotación agraria.

  • Destinatarios

    Bloqueos: Aquellas personas que no sean titulares de explotación agraria y que ostenten el derecho de propiedad o usufructo de superficies rústicas que no quieren que sean utilizadas ocmo parte de ninguna explotación agraria.

    Desbloqueos: Aquellas personas que ostenten el derecho de propiedad o usufructo de superficies rústicas que estén bloqueadas con anterioridad y que pretenden que las mismas puedan volver a ser utilizadas como parte de una explotación agraria.

  • Requisitos

    No ser titular de explotación agraria y ostentar el derecho de propiedad o usufructo de las superficies rústicas objeto de bloqueo o desbloqueo. Además habrá que acreditar lo especificado en el Anexo I de la Orden de 20 de febrero de 2023 por la que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación del Programa de Desarrollo rural, la actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores-Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. (D.O.E. número 37, de 23 de febrero de 2023).

  • Documentación

    Cumplimentar el formulario y presentar:

    Nota simple del Registro de la Propiedad actualizada en la que conste las referencias catastrales. De no constar éstas, debe acreditarse la referencia catastral de toda la superficie incluida en la nota simple.

    En ausencia de nota simple:

    Escritura de la propiedad liquidada de impuestos y en vigor con referencias catastrales, de no constar éstas, debe acreditarse la referencia catastral de toda la superficie incluida en la escritura de propiedad.

    En ausencia de ambas:

    Otra autorización váida en derecho que justifique ostentar el derecho de propiedad o el derecho de usufructo que acredita la referencia catastral de toda la suerficie incluida en dicha documentación.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Ayudas Sectoriales y Explotación Agraria
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Política Agraria Comunitaria
    Servicio de Ayudas Sectoriales y Explotación Agraria
    Avenida Luis Ramallo,
    06800, Mérida