Realización de aplicaciones aéreas con productos fitosanitarios

Autorización para la realización de aplicaciones aéreas con productos fitosanitarios

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
5/9/2024
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Antes de la realización de tratamientos.

  • Finalidad

    Recabar la autorización preceptiva para aplicar productos fitosanitarios por medios aéreos.
  • Destinatarios

    Empresas de tratamientos fitosanitarios inscritas en ROPO.

  • Requisitos

    Empresa de tratamientos inscrita en ROPO.

    Disponer de director de tratamientos.

    Las empresas deberán tener en vigor en el momento de efectuar los tratamientos las correspondientes pólizas de seguros de responsabilidad civil y química de las aeronaves.

    En el caso del uso de drones, la empresa estará convenientemente registrada como operador de drones en AESA.

    Tanto los equipos montados en aviones como los que lleven los drones deberán haber pasado la inspección técnica establecida en la normativa correspondiente, acreditándola mediante el certificado de la ITEAF responsable.

    Todo el personal que manipule fitosanitarios deberá tener la capacitación adecuada para el uso de estos productos.

     

  • Cuantía

    No aplica.

  • Documentación

    Solicitud (Obligatorio).

    Plan de Aplicación (Obligatorio).

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:
  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Agricultura y Ganadería
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Agricultura y Ganadería
    Servicio de Sanidad Vegetal
    Avenida Luis Ramallo, S/N
    06800, Mérida