Recursos contractuales de la Comisión Jurídica de Extremadura - Juntaex.es
Recursos contractuales de la Comisión Jurídica de Extremadura - Juntaex.es
Recursos contractuales de la Comisión Jurídica de Extremadura
Resolución en materia de recursos contractuales de Contratos del Sector Público de la Comisión Jurídica de Extremadura.
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Finalidad
Resolver recursos especiales y reclamaciones en materia de contratación pública. -
Destinatarios
Podrá interponer el recurso especial en materia de contratación aquella persona física o jurídica cuyos derechos o intereses hayan sido perjudicados o puedan verse afectados de alguna forma por las decisiones objeto de recurso.
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Requisitos
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Documentación
Obligatoria:
No será necesaria la intervención de abogado o procurador para la interposición del correspondiente recurso o reclamación, pero cuando se actúe en representación de terceros, el escrito de interposición deberá acompañarse del documento público que acredite tal representación.
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Solicitud y Anexos
Enlace externo a solicitud:No es necesario modelo de solicitud.
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Normativa
- DECRETO 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura.
- Ley 2/2021, de 21 de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Comisión Jurídica de Extremadura
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
No proceden recursos.
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Más información
En materia de recursos contractuales de Extremadura, a la Comisión Jurídica de Extremadura le corresponde:
a) Conocer y resolver los recursos especiales en materia de contratación a que se refiere la legislación básica en materia de contratación pública
vigente.
b) Conocer y resolver las reclamaciones que se interpongan en los supuestos previstos en la legislación básica en materia de contratación pública
vigente sobre los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
c) Adoptar las decisiones pertinentes sobre las medidas cautelares o provisionales que se puedan solicitar por las personas legitimadas en los
procedimientos anteriormente establecidos.
d) Conocer de cualesquiera otros recursos o reclamaciones que se atribuyan a los órganos competentes para conocer del recurso especial.
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Órgano gestor
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
Abogacía General de la Junta de Extremadura
Comisión Jurídica de Extremadura
Calle GODOFREDO ORTEGA Y MUÑOZ, 1
06011, Badajoz