Subvenciones de obras de consultorios locales y de helisuperficies de titularidad o disponibilidad municipal para el ejercicio 2025 - Juntaex.es
Subvenciones de obras de consultorios locales y de helisuperficies de titularidad o disponibilidad municipal para el ejercicio 2025 - Juntaex.es
Subvenciones de obras de consultorios locales y de helisuperficies de titularidad o disponibilidad municipal para el ejercicio 2025
Subvenciones de obras de consultorios locales y de helisuperficies de titularidad o disponibilidad municipal
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1736722800000 - Jan 12, 2025 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1737759540000 - Jan 24, 2025 10:59:00 PM
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Plazo de presentación
Desde: 13/01/2025 Hasta: 24/01/2025
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Finalidad
Contribuir a la mejora de las infraestructuras de los consultorios locales o helisuperficies, financiando obras de mantenimiento, mejora, ampliación, adecuación en los bienes inmuebles donde se ubican los consultorios locales e helisuperficies y/o construcción de helisuperficies.
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Destinatarios
Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Requisitos
1.Podrán ser entidades beneficiarias, aquellos municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que tengan la titularidad o la disponibilidad del inmueble objeto de la obra sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1.
2.Las entidades tendrán que acreditar que disponen, por cualquier título jurídico válido en derecho, del centro o terreno sobre el que se va a efectuar la obra oy acreditar que no se hallan incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que impiden obtener la condición de beneficiario. En este último caso, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, cumplimentarán el apartado correspondiente en el modelo de solicitud de la subvención.
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Cuantía
La cuantía máxima subvencionable de las obras será de 70.000€ en el caso de los consultorios locales y de 35.000€ en el supuesto de las helisuperficies.
La fuente de financiación de estas subvenciones serán fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Documentación
1.- Certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y que no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuando no haya autorizado de forma expresa, en el anexo de solicitud, al órgano gestor para que recabe de oficio esos datos.
2.- Declaración responsable donde se haga constar, por un lado, que el municipio o la entidad local menor ostenta la titularidad o disponibilidad, por cualquier título válido en derecho, del inmueble objeto de la obra subvencionada y, por otro lado, la antigüedad del inmueble.
3.- Documentación técnica necesaria para la ejecución de la actuación y suscrita por persona facultativa competente según el caso:
a) Proyecto Básico o de Ejecución, en los supuestos en los que las actuaciones a realizar requieran redacción de proyecto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
b) Memoria Técnica, en los supuestos distintos de los contemplados en el párrafo anterior, que conste como mínimo de memoria explicativa, planos de estado actual y estado reformado, y presupuesto de la actuación proyectada, pormenorizado por conceptos.
Incluirá presupuesto pormenorizado de las obras a realizar, cuyos precios deberán ajustarse a la Base de Precios de la Construcción de la Junta de Extremadura y a los precios de mercado.
4.- Programa de ejecución de la actuación.
5.- En el supuesto de obras en los consultorios locales, documentación acreditativa de la mejora de la calificación de la certificación de eficiencia energética, conforme a los criterios recogidos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, o en su caso, en la normativa que resulte aplicable.
6.- Documentación fotográfica que representen el estado actual del centro sanitario objeto de la obra o del servicio sanitario que motive la construcción de la nueva helisuperficie.
7.- En el caso de construcción de helisuperficie, documentación fotográfica del solar o inmueble donde se pretenda ubicar.
8.- Si las actuaciones se hubieran adjudicado con anterioridad a la publicación de esta convocatoria, se deberá aportar además certificado de la persona titular de la Secretaría-Intervención de la corporación local en el que se acredite que en la tramitación del expediente se han cumplido todas las prescripciones establecidas en las disposiciones legales vigentes en materia de contratación y régimen local, con indicación de la empresa adjudicataria, importe de la adjudicación, tipo de tramitación y procedimiento de adjudicación, el plazo de ejecución, fecha de inicio y fin de la obra.
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Solicitud y Anexos
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Salud y Servicios Sociales
Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias
Servicio de Autorización, Acreditación, Evaluación y Calidad
Avenida de las Américas, 2
06800, Mérida