Ayudas por el Agente SECTI para la contratación de personal investigador doctor - Juntaex.es
Ayudas por el Agente SECTI para la contratación de personal investigador doctor - Juntaex.es
Ayudas por el Agente SECTI para la contratación de personal investigador doctor
Ayudas para la contratación de personal investigador doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (Agente SECTI)
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Plazo de presentación
Desde: 24/09/2024 Hasta: 07/10/2024Diez días, a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo para la presentación de la inscripción del personal investigador doctor.
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Finalidad
Contratación estable de personal investigador doctor para la realización de actividades de investigación en Universidades o Centros de I+D (Agente SECTI). -
Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los agentes SECTI siguientes:
a) Universidad de Extremadura (en adelante UEX).
b) Centros Públicos de I+D+i de Extremadura.
c) Las Fundaciones Públicas que actúen como gestoras de las actividades de investigación de los Centros adscritos a la Junta de Extremadura que realicen actividades I+D+i.
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Requisitos
- Para obtener la condición de beneficiario, los agentes SECTI deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y no estar incurso en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el artículo 12.2 La justificación de estos extremos se realizará mediante declaración responsable, que se incluirá en el modelo de solicitud que acompañe a la convocatoria.
- Las entidades beneficiarias deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y en sus obligaciones con la Seguridad Social, así como no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, mediante certificación administrativa emitida por los organismos competentes, que se recabará de oficio por la Administración, salvo que manifiesten de forma expresa su oposición o no autoricen expresamente, en el apartado correspondiente del anexo destinado al efecto que acompañe a la convocatoria. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo.
Dichas certificaciones podrán sustituirse por una declaración responsable conforme al modelo del anexo destinado al efecto que acompañe a la convocatoria, en base a lo establecido en el apartado a) del artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Cuantía
La cuantía de las ayudas se establece por el baremo estándar de costes unitarios, según lo previsto en el artículo 14.4 del Reglamento (UE) 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al FSE.
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Documentación
A la solicitud de ayuda le será adjuntada la siguiente documentación: (Opcional).
En el caso de no autorizar expresamente al órgano gestor para recabar de oficio: certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
No existe documentación obligatoria.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación
Servicio de Recursos de la Investigación Científica Pública
Paseo De Roma,
06800, Mérida