Subvención en materia de protección civil en el ámbito de la comunidad autónoma 2024

Solicitud de subvenciones para la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones, o para la elaboración, modificación e implantación de planes territoriales de protección civil de ámbito local.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
23/4/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 19/04/2024 Hasta: 02/05/2024

    RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se
    establece para el ejercicio 2024, la convocatoria de subvenciones dirigida
    a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de
    voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    DOE nº 75 del 18 de abril de 2024

  • Finalidad

    La finalidad de esta orden es modificar la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se establecen establecer las bases reguladoras para la concesión, por parte de la consejería competente en materia de protección civil, de las siguientes líneas de subvención: Subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil. Subvenciones dirigidas a la elaboración, modificación e implantación de planes territoriales de protección civil de ámbito local. Subvenciones dirigidas a la elaboración, modificación e implantación de planes territoriales de protección civil de ámbito local.
  • Destinatarios

    Podrán ser beneficiarias de las dos líneas de subvención contempladas en los Títulos II y III las siguientes entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

    Los municipios.

    Las mancomunidades.

    Asimismo, podrán ser beneficiarias de la línea de subvención prevista en el Título II de esta orden, las entidades locales menores.

  • Requisitos

    Las entidades locales solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

    Estar al corriente, antes de la propuesta de resolución de concesión de la subvención y de los correspondientes pagos, en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Hacienda estatal y la Seguridad Social.

    No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición de beneficiaria en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Al objeto de acreditar el cumplimiento de dichos extremos deberán realizar una declaración responsable sobre los mismos que se incorporará en el modelo normalizado de solicitud que se facilite en cada convocatoria.

    Las mancomunidades de municipios, además, deberán contar entre sus servicios mancomunados el de protección civil.

  • Cuantía

    La cuantía total de la convocatoria asciende a trescientos dieciséis mil euros (316.000,00 €) y se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura de 2024, aprobados por Ley 1/2024, de 5 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 , (DOE núm. 26, de 6 de febrero), Proyecto 20180147 ¿Subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil¿ fondo CAG0000001, imputándose a las siguiente aplicaciones presupuestarias :


    ¿ 22005 116A 46000, correspondiente a transferencias corrientes, por un importe de 216.000,00 euros, para atender los gastos de la Sublínea ¿A¿ (Vestuario).


    ¿ 22005 116A 76000, correspondiente a transferencias de capital, por un importe de 100.000 euros, para atender los gastos de la Sublínea ¿B¿ (Medios materiales y técnicos)¿.

  • Documentación

    1. Impreso normalizado de solicitud del Anexo I.

    2. Certificado de la persona funcionaria que ejerza las funciones de la fe pública en cada una de las entidades locales solicitantes, acreditativo de los siguientes extremos: .

    • Porcentaje del presupuesto de la entidad local solicitante que se haya ejecutado en materia de protección civil en el ejercicio económico anterior en que se efectúa la correspondiente convocatoria. .
    • Población de la entidad local, con los datos desagregados por sexo, de conformidad con los últimos datos de población aprobados por el Instituto Nacional de Estadística a fecha de publicación de la correspondiente orden de convocatoria .
    • Relación de ayudas solicitadas y/o recibidas con la misma finalidad para la que se solicita la subvención.

    3. Presupuesto desglosado de material y/o equipamiento para el que se solicita la subvención, así como sus cuantías.

    4. Certificaciones vigentes acreditativas de que la entidad local solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social, en el supuesto de no haber autorizado expresamente en el impreso normalizado de solicitud a que el órgano gestor consulte los datos.

    5. Documento de Alta de Terceros debidamente cumplimentado, en el supuesto de no indicar o indicar un número de cuenta de la entidad local que no esté dado de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura a fin de efectuar el ingreso en caso de obtener la condición de beneficiaria.

    6. En el caso de que las entidades locales solicitantes sean mancomunidades, además deberán presentar fotocopia compulsada de sus estatutos a fin de comprobar que, entre sus servicios mancomunados, figura el servicio de protección civil.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden: &ltp>Recurso de Alzada

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
    Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil
    Servicio de Protección Civil
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida