Ayudas para la mejora de la competitividad del sector artesano

Ayudas para la mejora de la competitividad del sector artesano

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
15/1/2025
Actual (long): 1740406703516 - Feb 24, 2025 2:18:23 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1736809200000 - Jan 13, 2025 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1739487540000 - Feb 13, 2025 10:59:00 PM
  • Plazo de presentación

    Desde: 14/01/2025 Hasta: 13/02/2025

  • Finalidad

    La presente ayuda tiene por finalidad la mejora de la competitividad de la pequeña y mediana empresa artesana de Extremadura, con vistas a reforzar su crecimiento sostenible, a través de la mejora de los procesos de producción, la implementación de soluciones tecnológicas avanzadas y el incremento de la eficiencia energética.

  • Destinatarios

    Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que se encuentren inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Además, podrán ser también beneficiarios los nuevos artesanos, entendiendo como tales, los que, no estando inscritos en dicho Registro, hubiesen solicitado la inscripción en el mismo con anterioridad a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, en los términos y condiciones establecidos en Decreto.

  • Requisitos

    Es requisito estar inscrito o haber presentado solicitud al Registro de artesanos y empresas artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Más información en la web:

    Registro de artesanos y empresas artesanas - JUNTAEX

  • Cuantía

    Intensidad de la ayuda:

    Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 60% de los gastos elegibles, aplicada a una inversión máxima subvencionada de  60.000 euros, computada para todas las actividades subvencionables. La intensidad de la ayuda se incrementará acumulativamente:

    1. Un 10 % en el caso de jóvenes artesanos.
    2. Un 5 % en el caso de mujeres artesanas.

    A estos efectos, se entenderá por:

    1. Joven artesano, aquella persona física que tenga menos de 40 años en el momento de la publicación de la convocatoria.
    2. Mujer artesana, la mujer que desarrolla una actividad artesana de forma principal en un taller artesano.

    Financiación 

    La cuantía total de la presente convocatoria de ayudas asciende a 700.000 euros, El coste de las ayudas será imputado a la aplicación presupuestaria 14.003 341A 770.00 y proyecto de gasto 20230032 denominado pymes artesanas más inteligentes y competitivas.

    Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parla­mento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión, y se encuentran encuadradas en el programa FEDER 2021- 2027 Extremadura, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), dentro del Objetivo Político 1: Una Europa más competitiva y más inteligente. Prioridad de Inversión: 1.A Transición Digital e Inteligente, Objetivo específico 1 III). El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también me­diante inversiones productivas. Las mismas se encuentran cofinanciadas en un 85 % por parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.

  • Documentación

    La solicitud debidamente cumplimentada conforme al modelo de anexo I, deberá ir acompañada obligatoriamente por la siguiente documentación:

    - Memoria explicativa de la necesidad de realizar las inversiones.

    - Presupuestos o facturas proformas emitidos por empresas externas a la que solicita las ayudas.

    - Declaración responsable de reunir las condiciones para ser beneficiario y declaración de otras ayudas (Anexo II).

    - Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmada electrónicamente por el beneficiario, en el momento de presentar la solicitud de la ayuda que figura en el apartado correspondiente del Anexo II.

    - Declaración responsable con la relación de todas las ayudas públicas solicitadas o concedidas para el mismo proyecto, incluidas todas las ayudas o subvenciones que hayan sido recibidas por la empresa con carácter de mínimis (Anexo II)

     

    De manera opcional, se presentará la siguiente documentación:

     - En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, deberán presentar el Anexo IV. : En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, deberán hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, debiendo nombrar un representante.

    - Justificación de estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica o autorización expresa para su comprobación de oficio. En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia.

    - Información de datos del IAE, con finalidades no tributarias.

    - En caso de persona jurídica se aportará el poder del representante legal

    - Certificado de Titularidad Real expedido por Notario en caso de no autorizar expresamente a que la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital pueda recabar de oficio en el Registro Central de Titularidades Reales los datos relativos a los titulares reales de los perceptores de la financiación de la Unión Europea.

    - Número de cuenta que el solicitante tiene activo en el sistema de alta de terceros de la Junta de Extremadura para el abono de la subvención.

    - Proyecto técnico o memoria valorada con desglose de unidades de obra, en el caso de inversiones que incluyan ejecución de obra civil.

    - Estatutos de la Comunidad de Bienes (CB) y/o Entidades sin Personalidad Jurídica (ESPJ).

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    Servicio de Comercio Interior y Artesanía
    Paseo de Roma, s/n
    06800, Mérida