Equipamiento para Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil

Subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material para las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil

En plazo

Fecha de actualización
:
24/4/2025
Actual (long): 1745772023314 - Apr 27, 2025 4:40:23 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1745532000000 - Apr 24, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1746827940000 - May 9, 2025 9:59:00 PM
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

Código SIA: 2093157

  • Plazo de presentación

    Desde: 25/04/2025 Hasta: 09/05/2025
  • Finalidad

    Contribuir a la financiación de Ayuntamientos con Agrupaciones de voluntarios de Protección Civil, así como a la financiación de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que cuenten con Agrupación Local de Voluntariado de Protección Civil en la adquisición de equipamiento y/o medios necesarios para el desarrollo de su actividad.
  • Destinatarios

    Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que cuenten con Agrupación Local de Voluntariado de Protección Civil y que ésta Agrupación esté registrada en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a la fecha final de presentar la solicitud de subvención.

  • Requisitos

    Las entidades locales solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
    a) Estar al corriente, antes de la propuesta de resolución de concesión de la subvención y de los correspondientes pagos, en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Hacienda estatal y la Seguridad Social.


    b) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición de beneficiaria en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Al objeto de acreditar el cumplimiento de dichos extremos deberán realizar una declaración responsable sobre los mismos que se incorpora en el apartado 7 del modelo normalizado de solicitud del anexo de la presente resolución de convocatoria.


    c) Contar, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con Agrupación Local de Voluntariado de Protección Civil legalmente constituida e inscrita en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


    Las mancomunidades de municipios, además, deberán contar entre sus servicios mancomunados el de protección civil.

  • Cuantía

    La cuantía total de la convocatoria asciende a trescientos dieciséis mil euros (316.000,00 €) y se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobados por la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2024 (DOE núm. 26, de 6 de febrero) y prorrogados para el ejercicio 2025, de acuerdo con las condiciones y criterios establecidos en la Orden de 6 de febrero de 2025 para la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2024 en el ejercicio 2025, imputándose al Proyecto 20180147 denominado Subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil, fondo CAG0000001, y en concreto a las siguiente aplicaciones presupuestarias :

    22005 116A 46000, correspondiente a transferencias corrientes, por un importe de 216.000,00 euros, para atender los gastos de la Sublínea "A" (Vestuario).
    22005 116A 76000, correspondiente a transferencias de capital, por un importe de 100.000 euros, para atender los gastos de la Sublínea B (Medios materiales y técnicos)

    La cuantía total inicial de los créditos presupuestarios afectos a las referidas sublíneas de subvención podrá ser incrementadas, antes de resolver la concesión de las mismas, en los términos establecidos en la letra h) del artículo 23.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

     

  • Documentación

    De conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Orden de 10 de junio, junto al impreso normalizado de solicitud del anexo de la presente convocatoria, se acompañarán los siguientes documentos:

    a) Certificado de la persona funcionaria que ejerza las funciones de fe pública en cada una de las entidades locales solicitantes, acreditativo de los siguientes extremos (OBLIGATORIA):

    • Porcentaje del presupuesto de la entidad local solicitante que se haya ejecutado en materia de protección civil en el ejercicio económico anterior en que se efectúa la correspondiente convocatoria.(OBLIGATORIO)
    • Población de la entidad local, con los datos desagregados por sexo, de conformidad con los últimos datos de población aprobados por el Instituto Nacional de Estadística a fecha de publicación de la presente resolución de convocatoria.(OBLIGATORIO)
    • Relación de ayudas solicitadas y/o recibidas con la misma finalidad para la que se solicita la subvención.(OBLIGATORIO)

    b) Presupuesto desglosado del material y/o equipamiento para el que se solicita la subvención, así como sus cuantías, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 25.3 de la Orden de 10 de junio. (OBLIGATORIO)

     

    c) Declaración responsable, en el modelo normalizado de solicitud del Anexo de la presente resolución, de que la entidad local solicitante reúne los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria para obtener la condición de beneficiaria y no se halla incursa en ninguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.(OBLIGATORIA)

    d) Certificaciones vigentes acreditativas de que la entidad local solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social, cuando no haya autorizado de manera expresa, en el citado impreso normalizado de solicitud, a que el órgano gestor consulte dichos datos. (OPCIONAL)

    e) Documento de Alta de Terceros debidamente cumplimentado, en el supuesto de que en el modelo normalizado de solicitud del anexo no se indique o se indique un número de cuenta de la entidad local que no esté dado de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, a fin de efectuar el ingreso en caso de obtener la condición de beneficiaria. (OBLIGATORIA)

    En el caso de que las entidades locales solicitantes sean mancomunidades, además debe­rán presentar copias auténticas de sus estatutos a fin de comprobar que, entre sus servicios mancomunados, figura el servicio de protección civil. (OBLIGATORIA)

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:Enlace externo a solicitud:

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Protección Civil
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social

    Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil

    Servicio de Protección Civil

    Avenida Valhondo,

    06800, Mérida