20230127 La Junta presenta la Teleatención domiciliaria a setenta alcaldes de los municipios que pilotarán el cambio de modelo del SEPAD - Juntaex.es
20230127 La Junta presenta la Teleatención domiciliaria a setenta alcaldes de los municipios que pilotarán el cambio de modelo del SEPAD - Juntaex.es
La Junta presenta la Teleatención domiciliaria a setenta alcaldes de los municipios que pilotarán el cambio de modelo del SEPAD
El director gerente del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), José Vicente Granado, se ha reunido este viernes con los alcaldes de las localidades extremeñas donde se va a pilotar el Servicio de Teleatención domiciliaria a personas mayores residentes en localidades de menos de mil habitantes. El objetivo es explicar los servicios que se prestan con este modelo de atención para coordinar las actuaciones. Durante su intervención, Granado ha incidido en que se trata de un nuevo modelo para las personas mayores en situación de dependencia o fragilidad social, sostenido por centros comunitarios de apoyo social, pisos tutelados o centros de día, que, una vez adaptados y adecuados, serán centros proveedores de estos servicios de proximidad. La Teleatención domiciliaria es un programa destinado a prestar aquellos servicios dirigidos a atender las necesidades de las personas mayores en sus domicilios con programas de promoción de la autonomía y mantenimiento de capacidades, mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, a través de Videoatención, Videollamada y Videoformación, y que son complementarios del servicio de Teleasistencia Avanzada Personalizada. El servicio será financiado mediante un nuevo programa de Colaboración Económica Municipal con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR), por un importe total de 3.234.079,56 euros, repartidos en los 73 ayuntamientos invitados a participar con menos de 1.000 habitantes y que dispongan de centros residenciales con menos de 21 plazas o de centros de día. REQUISITOS Los servicios de atención social básica son los encargados de designar, entre aquellas personas residentes en la localidad que vivan en su domicilio, a aquellas que cumplan una serie de requisitos. Podrán beneficiarse de este programa personas mayores de 65 años con reconocimiento de grado de dependencia conforme; excepcionalmente, personas mayores de 50 años de edad con reconocimiento de grado de dependencia cuyas circunstancias personales, familiares o sociales aconsejen la necesidad de recibir estos programas; y personas mayores de 65 años que no tengan reconocimiento de grado de dependencia, pero se considere necesario por los servicios de atención social básica su inclusión en algún programa, dada su situación de fragilidad, soledad u otra causa que justifique el beneficio de su incorporación en este programa. De forma prioritaria se concederá este servicio a aquellas personas beneficiarias del servicio de Teleatención y que tengan reconocimiento de situación de dependencia con grado I, grado II o grado III. El programa de Teleatención domiciliaria es compatible con todos los servicios, a excepción del servicio de atención residencial, por lo que también va dirigido a las personas usuarias del centro de día y no supondrá coste en concepto de copago para los usuarios. Todos los servicios se prestarán desde los centros residenciales o centros de día de titularidad o disponibilidad municipal que existan en cada localidad y consistirán en programas de actividad física periódica y de entrenamiento cognitivo, que se harán por videollamada de manera individualizada o en grupo. Para la realización de estos programas los ayuntamientos podrán adquirir el material tecnológico que precisen así como la contratación del personal necesario (fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, monitores ocupacionales, personal auxiliar, etc.) La vicepresidencia segunda y consejería de Sanidad y Servicios Sociales persigue ir afianzando e incrementando los servicios de este nuevo programa de colaboración municipal en los siguientes ejercicios presupuestarios.