Decreto 50/2017, de 18 de abril, por el que se regulan las ayudas para el fomento de las agrupaciones de Entidades Locales para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría e Intervención


Fecha de actualización
:
30/5/2022

Necesidades y oportunidades

La situación actual en la Comunidad Autónoma de Extremadura manifiesta la existencia de muchos municipios cuyos recursos son insuficientes para mantener el puesto de trabajo de secretaría intervención, el cual está reservado legalmente a personal de habilitación de carácter nacional; cuya escasez además, agrava la situación de sus nombramientos. Estos hechos, junto a la dispersión geográfica y la baja población de muchos municipios extremeños, motivan la constitución de agrupaciones, a cuyo fomento se dirigen las subvenciones reguladas por esta norma. En este sentido, se firmarán Convenios interadministrativos de cooperación entre las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres y la Junta de Extremadura sobre fomento de Agrupaciones para sostenimiento en común de un puesto de Secretaría e Intervención, como herramientas de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica con los municipios, especialmente con los de menor capacidad económica y de gestión. Con el mismo objetivo de favorecer el mayor número de entidades locales beneficiarias, se ha incrementado el límite de las retribuciones para la valoración del puesto de trabajo del secretario-interventor respecto al anterior decreto y además, como novedad, se establece un límite superior para el caso excepcional de agrupaciones de tres entidades.

Objetivo

El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en colaboración con las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, a las entidades locales para el fomento del mantenimiento en común del puesto de secretaría-intervención, así como del sostenimiento en común de un puesto de trabajo con funciones de auxilio al puesto de secretaría-intervención agrupado.

Procedimiento de elaboración

La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, contempla, con base en sus artículos 92 y 92 bis, que son funciones públicas necesarias en todas las corporaciones locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, la de Secretaría (comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo), así como el control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación. El artículo 3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, partiendo de la problemática de muchos municipios para mantener el puesto de Secretaría debido a la escasez de servicios y recursos con los que cuentan, recoge la posibilidad de que la Comunidad Autónoma regule la Agrupación de Entidades Locales con el objetivo del mantenimiento en común de dicho puesto de trabajo. En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aparece el Decreto 53/2010, de 5 de marzo (DOE n.º 48, de 11 de marzo), en virtud del cual los municipios u otras entidades locales cuyo volumen de recursos o servicios sean insuficientes para mantener de forma independiente el puesto de trabajo reservado a funcionario con habilitación de carácter nacional, podrán sostener en común, mediante Agrupación, un puesto único de Secretaría e Intervención, al que corresponderán las funciones propias de este puesto de trabajo en todas las entidades agrupadas. Mediante el Decreto 104/2012, de 15 de junio, se procedió a regular las ayudas para el fomento de las Agrupaciones de Entidades Locales para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría e Intervención. De este modo, se establecían las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las entidades locales, en colaboración con las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, para el fomento del mantenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención, así como del sostenimiento en común de un puesto de trabajo con funciones de auxilio al puesto de Secretaría-Intervención agrupado.

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Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible