El DOE publica la convocatoria de ayudas al desarrollo de proyectos audiovisuales con una cuantía de 80.000 euros


Fecha de publicación: 7/1/2025 12:47

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La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes destinará 80.000 euros en ayudas al desarrollo de proyectos audiovisuales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025. De acuerdo con la resolución de convocatoria publicada en el Diario Oficial de Extremadura, las ayudas están dirigidas a empresas de producción cinematográfica o audiovisual mediante la financiación de los gastos que se generen en el desarrollo de nuevos proyectos audiovisuales, tanto de entrega única (largometraje) o de series, ya sean de ficción, documentales o de animación, que puedan plasmarse en una obra audiovisual para su exhibición pública en cines, televisión o plataformas digitales. En este sentido, la convocatoria considera "desarrollo del proyecto" la preparación y diseño de una producción audiovisual, centrando las ayudas en las operaciones anteriores a la fase de producción propiamente dicha. Con estas ayudas se persigue fomentar la realización de rodajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura con el objetivo de poner de relieve su paisaje, patrimonio y cultura, además de promover la realización de proyectos audiovisuales de interés cultural y calidad artística, promoviendo el crecimiento y desarrollo de la industria cinematográfica y audiovisual extremeña. El objetivo principal de estas ayudas es proteger y promover la diversidad cultural, lograr una mayor rentabilidad cultural, potenciar a los creadores extremeños e incrementar las ayudas al desarrollo financiando los gastos necesarios que con carácter previo a su rodaje y producción requiere una creación audiovisual. Así, se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios. Podrán acceder al régimen de ayudas cualquiera de las empresas, personas físicas o jurídicas privadas, de producción cinematográfica o audiovisual, que tengan la condición de productor independiente. Y no podrán acceder a la condición de beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro, ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. Igualmente, la resolución establece que no podrán ser beneficiarios de las ayudas aquellos proyectos de contenido esencialmente publicitario o propagandístico, los que realicen apología de tratos denigratorios hacia la persona o los que hayan iniciado el rodaje en el momento de la solicitud. Los proyectos presentados deberán tener un presupuesto inicial superior a 20.000 euros y deberán implicar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura del 100% de la ayuda concedida. Además, deberán acreditar el carácter cultural del proyecto que se pretende realizar mediante informe de la comisión de valoración. El plazo para la solicitud de ayudas, que se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, será de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación en el DOE.