20230314 Educación anuncia un Plan de Salud Mental con dos equipos de psicólogos, que actuarán de enlace entre los centros educativos y los servicios de salud - Juntaex.es
20230314 Educación anuncia un Plan de Salud Mental con dos equipos de psicólogos, que actuarán de enlace entre los centros educativos y los servicios de salud - Juntaex.es
Educación anuncia un Plan de Salud Mental con dos equipos de psicólogos, que actuarán de enlace entre los centros educativos y los servicios de salud
El secretario general de Educación, Francisco Javier Amaya, ha anunciado la puesta en marcha de un Plan Específico de Salud Mental y Bienestar Emocional que, en colaboración con el Colegio Profesional de Psicólogos de Extremadura, contará con dos equipos de psicólogos, uno en cada provincia, que actuarán de enlace entre el coordinador de bienestar de los centros y los servicios sanitarios cuando se detecte alguna conducta autolítica o suicida entre el alumnado. Francisco Javier Amaya ha hecho este anuncio durante la inauguración de la Jornada `Figura coordinadora de bienestar y protección de los centros educativos de Extremadura¿, que ha reunido en Mérida a más de 700 profesionales que desde el pasado curso se encargan de orientar la prevención y actuación ante las situaciones de violencia en los centros educativos. Dicho Plan de Salud comenzará a desarrollarse en el tercer trimestre del presente curso 2022/2023, con cuatro talleres de formación en ¿centros donde se ha detectado una mayor vulnerabilidad y más problemas de educación emocional¿, ha explicado Amaya. Dirigido, en principio, al alumnado de 2º y 4º de ESO, el Plan continuará durante el próximo curso 2023/24, con esos equipos de psicólogos que atenderán a todos los centros educativos de Extremadura. Así, ¿los coordinadores de bienestar y protección de los centros no se sentirán solos porque tendrán el apoyo de estos dos equipos de psicólogos¿, ha añadió el secretario general de Educación. Durante la jornada, además de conocer a fondo la normativa que regula su designación y funciones, los coordinadores de bienestar y protección reflexionarán juntos sobre la necesidad de dar respuesta a las situaciones que muchos adolescentes están sufriendo actualmente. Las personas que han asistido a la jornada también aprenderán pautas para la prevención, la detección y actuaciones ante cualquier situación de violencia en sus centros educativos. El objetivo es hacer de los colegios e institutos entornos donde el alumnado se sienta seguro. La figura del coordinador/a de bienestar y protección se creó en todos los centros de la región el curso pasado, tras la publicación en mayo de la instrucción que regula su designación y funciones, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE) y la Ley Orgánica de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia. Los perfiles profesionales designados como coordinador o coordinadora de bienestar y protección son, en los centros de Educación Infantil, de Educación Primaria y en los de enseñanzas de régimen especial, un miembro del equipo directivo o una persona a quien proponga la dirección del centro, mientras que en los centros de Educación Secundaria son los educadores o educadoras sociales y, solo en casos excepcionales por falta de disponibilidad organizativa, se ha designado a otra persona a propuesta de la dirección del centro. FUNCIONES Sus funciones, que abarcan la prevención de la violencia contra la infancia entre iguales y la ejercida por adultos, se agrupan en cuatro ámbitos: planificación, prevención, formación e intervención educativa y detección y alerta temprana de situaciones de riesgo. En el ámbito de la planificación, la persona designada como coordinadora de bienestar y protección se encarga de coordinar con la dirección del centro el plan de convivencia y fomentar una alimentación saludable y nutritiva que permita a los niños, niñas y adolescentes, en especial a los más vulnerables, llevar una dieta equilibrada. En lo relativo a la prevención, sus funciones son promover medidas que aseguren el máximo bienestar para los escolares y la cultura del buen trato hacia ellos, fomentar la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos y fomentar el respeto al alumnado con discapacidad o cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad o diversidad. En cuanto a la formación e intervención educativas, el coordinador de bienestar debe promover planes de formación sobre prevención, detección precoz y protección de los niños, niñas y adolescentes, dirigidas tanto al profesorado como al alumnado; informar al personal del centro sobre los protocolos en materia de prevención y protección de cualquier forma de violencia existentes en su localidad o comunidad autónoma, y coordinar los casos que requieran de intervención por parte de los servicios sociales competentes. En el ámbito de la detección y alerta temprana de situaciones de riesgo, el coordinador de bienestar se encarga de promover, en aquellas situaciones que supongan un riesgo para la seguridad de las personas menores de edad, la comunicación inmediata por parte del centro educativo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. También debe promover, en situaciones que puedan implicar un tratamiento ilícito de datos de carácter personal de los menores de edad, la comunicación inmediata a las Agencias de Protección de Datos, así como identificarse ante el alumnado, el personal del centro y, en general, ante la comunidad educativa, como referente principal para las comunicaciones relacionadas con posibles casos de violencia en el propio centro o en su entorno. El coordinador o coordinadora de bienestar es, además, la persona encargada de construir y coordinar la red de colaboración que posibilitará un entorno protector en el centro educativo, la cual se compone de una red interna que implica a toda la comunidad educativa del centro y una red externa que se coordina con los demás ámbitos responsables de la protección de la infancia. La labor de la persona encargada de la coordinación de bienestar es fundamental para el cumplimiento del plan de convivencia de los centros, el cual debe ser el marco de referencia para la prevención, desarrollo e intervención en el ámbito de la convivencia escolar, siendo el elemento aglutinador de los diferentes ámbitos de gestión e intervención.