Abierto el plazo de solicitud de las ayudas de la Junta de Extremadura para la realización de actividades en el ámbito de prevención de riesgos laborales


Fecha de publicación: 9/10/2024 11:15

Imagen de portada

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado un decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales y se aprueba la primera convocatoria cuyo plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de este miércoles 9 de octubre. Para ello, la Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, destina 408.411,50 euros. Las subvenciones son en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto la realización de actividades con el fin de promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el ámbito laboral, especialmente destinadas en las pequeñas empresas cuyo volumen de plantilla sea menor de 50 trabajadores. La Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales FSP distribuye anualmente a cada una de las comunidades autónomas créditos para la financiación de estas acciones en su ámbito territorial, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, que son gestionadas íntegramente por cada administración regional. BENEFICIARIOS Y SOLICITUDES Son beneficiarios de estas ayudas la organizaciones empresariales y sindicales más representativas en Extremadura; las organizaciones empresariales y sindicales representativas en su ámbito sectorial correspondiente; y las fundaciones u otras entidades constituidas por éstas y aquéllas para la consecución de cualquiera de sus fines. Las solicitudes, cuyo plazo de presentación es de un mes a partir de este 9 de octubre, se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico en www.juntaex.es . ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Estas ayudas prevén acciones de formación, información y de asistencia técnica, enmarcadas en las líneas prioritarias de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el trabajo (23-27). Como acciones formativas se entiende el diseño de los métodos y contenidos de programas formativos que puedan ser impartidos en sectores y subsectores de la actividad productiva, en especial en aquellos cuya estructura esté constituida fundamentalmente por pequeñas empresas. Todas las acciones serán siempre gratuitas para sus destinatarios finales. En cuanto a las acciones informativas se subvenciona la difusión entre trabajadores y empresarios, de los aspectos normativos y técnicos más relevantes en materia de prevención de riesgos laborales basados en el ordenamiento legal existente respecto a esta materia. Para ello se podrán emplear jornadas, seminarios y encuentros y actuaciones formativas o de divulgación similares, con presencia de los trabajadores. También, videos promocionales de difusión en redes sociales, como LinkedIn, Instagram, Facebook y X. Mensajes visuales como textos, imágenes y todo tipo de recursos gráficos que sirvan de anuncio para difundir una información de carácter técnico preventivo, de difusión en redes sociales y en las páginas webs de periódicos regionales. Además, mensajes en radio de ámbito regional, que sirvan de anuncio para difundir una información de carácter técnico preventivo, de difusión de forma simultánea en cadenas de radio privadas de Extremadura, y videos divulgativos en medios televisivos de ámbito regional y nacional. En lo relativo a las acciones de asistencia técnica se subvenciona el estudio y resolución de problemas derivados de la aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas. Estas acciones consistirán en un asesoramiento preventivo específico, que incluya tanto el desplazamiento a empresas y/o centros de trabajo, a iniciativa del beneficiario, como los trabajos de gabinete necesarios previos y posteriores para principalmente asesorar sobre una materia preventiva particular de manera eficaz.