Suministro directo al consumidor final de pequeñas cantidades de productos primarios

Comunicación del suministro directo, por titulares de explotaciones agrarias, de pequeñas cantidades de productos primarios al consumidor final.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
21/5/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    • A partir del 15 de abril de 2021.
  • Finalidad

    Regular el suministro directo por parte del productor o de la productora de pequeñas cantidades de productos primarios, al consumidor o a la consumidora final o a establecimientos locales de venta al por menor, para el abastecimiento del consumidor o consumidora final en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, garantizando la seguridad alimentaria.

  • Destinatarios

    Productores o productoras de pequeñas cantidades de determinados productos primarios, necesarios para el abastecimiento del consumidor o consumidora final, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin personas o entidades intermediarias.

  • Requisitos

    · Inscripción de la explotación en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, en el Registro de Explotaciones Ganaderas y/o en el Registro General de la Producción Agraria.

    · Cumplir la normativa vigente en materia de seguridad alimentaria en la producción primaria y operaciones conexas de las explotaciones de su titularidad.

    · Disponer, aplicar y mantener sistemas de autocontrol (plan de autocontrol) adecuados para garantizar la seguridad alimentaria de los productos primarios. Para lograr tal fin, podrán aplicarse guías de prácticas correctas de higiene específicas, que estén publicadas por la autoridad autonómica, nacional o comunitaria y que sean aplicables a la actividad concreta a desarrollar. Las citadas guías se harán constar explícitamente en el plan de autocontrol del operador/a.

  • Solicitud y Anexos

    Enlace externo a solicitud:

    ACCEDO A LA PLATAFORMA "ARADO": http://juntaex.es/con03/plataformas-arado-y-laboreo

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Agricultura y Ganadería
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      No procede.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Agricultura y Ganadería
    Servicio de Sanidad Vegetal
    Avenida Luis Ramallo, S/N
    06800, Mérida