Inicio de actividades de producción de residuos peligrosos en cantidad igual o superior a 10 toneladas/año

Comunicación previa al inicio de las actividades de producción de residuos peligrosos en cantidad igual o superior a 10 toneladas/año.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
5/12/2023
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Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Abierto todo el año, previo al inicio de la actividad productora de residuos.

  • Finalidad

    Realizar la inscripción, a través de la comunicación previa al inicio de las actividades de producción de residuos, de todas aquellas entidades o empresas que lleven a cabo instalación, ampliación, modificación sustancial o traslado de industrias o actividades que produzcan residuos peligrosos en una cantidad igual o superior a 10 toneladas/año.
  • Destinatarios

    Productores de residuos peligrosos que generen 10 toneladas/año o más en un centro productor ubicado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Requisitos

    Deben comunicar la producción de residuos peligrosos en cantidad igual o superior a 10 toneladas/año aquellas entidades o empresas que dispongan de dicho centro productor en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Si la actividad está sometida a Autorización Ambiental Integrada (AAI) o Autorización Ambiental Unificada (AAU), la comunicación como productor de residuos se considera incluida en la propia solicitud de autorización ambiental.

  • Documentación

    • Comunicación previa al inicio de la actividad de producción de residuos.
    • Contrato de tratamiento con el gestor de los residuos, cuando disponga del mismo, o en su defecto declaración responsable del productor en la que haga constar su compromiso de celebrar con el gestor el correspondiente contrato de tratamiento.
    • Certificado del seguro de responsabilidad suscrito conforme a lo dispuesto en los artículos 20.6 y 23.5.c) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada. 

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
    Dirección General de Sostenibilidad
    Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático
    Avenida Valhondo, s/n
    06800, Mérida