Registro de explotaciones porcinas: otros trámites

Solicitud de cambio de orientación zootécnica (para venta de reproductores o semen), cambio de titularidad y cambio de régimen (intensivo/extensivo).

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
13/6/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Poner a disposición de los administrados, los requisitos, la documentación y las solicitudes a presentar de los siguientes procedimientos, que suponen la modificación de datos en el Registro de explotaciones porcinas y han de ser dirigidas ante la Dirección General de Agricultura y Ganadería para dar cumplimiento a lo establecido en la normativa sanitaria sectorial: Cambios de orientación zootécnica (para venta de reproductores o semen) (1) Cambios de titularidad (2) Cambios de régimen (intensivo/extensivo) (3) (1) Aquellas explotaciones que quieran abastecer al resto con reproductores o semen (Selección, multiplicación, recría de reproductores, transición de reproductoras nulíparas y centros de recogida de semen porcino), deben cumplir una serie de requisitos sanitarios y de bioseguridad, más exigentes que el resto, para poder garantizar así, el movimiento de reproductores o semen entre explotaciones con los máximas garantías de seguridad e impedir la difusión de enfermedades, debiendo para ello solicitar el correspondiente cambio de orientación zootécnica. Para ello, se seguirá el siguiente procedimiento: 1.- Recepción y estudio de documentación. 2.- Solicitud de informe favorable del Servicio de Producción Agraria (en los casos de selección, multiplicación y centros de recogida de semen porcino). 3.- Visita de inspección. 4.- Remisión de mejoras de infraestructuras (en su caso). 5.- Visita de inspección de comprobación del fin de las mejoras (en su caso). 6.- Resolución de cambio de orientación zootécnica para la venta de reproductores. (2) Cuando la base territorial donde se ubica una explotación porcina cambia de propietario, es preciso realizar un cambio de titularidad de la explotación porcina en el Registro de Explotaciones Porcinas de la Comunidad Autónoma de Extremadura a nombre de ese nuevo propietario. Para ello, se seguirá el siguiente procedimiento: 1.- Recepción y estudio de documentación. 2.- Resolución de cambio de titularidad. 3.- Visita de inspección. 4.- Remisión de mejoras (en su caso). 5.- Visita de inspección de comprobación del fin de las mejoras (en su caso). 6.- Escrito confirmatorio de cumplimiento de normativa. (3) Cuando el titular de una explotación porcina quiere modificar el manejo de su explotación para adaptarlo a unas nuevas condiciones de funcionamiento, pasando de intensivo a extensivo o viceversa, deberá solicitarse el correspondiente cambio de régimen en el Registro de Explotaciones Porcinas de la Comunidad Autónoma. Para ello, se seguirá el siguiente procedimiento: 1.- Recepción de la solicitud y estudio del expediente. 2.- Visita de inspección. 3.- Remisión de mejoras (en su caso). 4.- Visita de comprobación del fin de las mejoras (en su caso). 5.- Cambio de régimen mediante Resolución de la Dirección General.
  • Destinatarios

    Todas las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que pretendan el cambio de titularidad, el cambio de régimen o el cambio de orientación zootécnica (para venta de reproductores o semen) de una explotación porcina existente en Extremadura.

     

  • Requisitos

    Cambios de orientación zootécnica para la venta de reproductores o de semen:

    • Cumplir con las condiciones mínimas de funcionamiento en materia de bioseguridad, infraestructura, equipamiento, manejo, higiene y bienestar animal exigidas por la normativa sectorial en función del tipo de régimen de explotación que tenga (intensivo/extensivo).
    • Para cambios de orientación zootécnica a selección, multiplicación o centro de recogida de semen porcino, además de lo anterior:
      • Los animales deben estar inscritos en Libro Genealógico de raza pura o Registro Genealógico de porcinos híbrido.
      • En el caso de Selección, la explotación colabora en el programa de cría de la Asociación de Criadores a la que pertenece.
      • En el caso de centro de recogida de semen porcino deberán ser previamente autorizados por el servicio gestor correspondiente, que en este caso es el Servicio de Producción Agraria, a través del trámite existente, al efecto, en este portal de la Junta de Extremadura.

    Cambios de titularidad

    • Ser propietario/a y responsable de las instalaciones de la explotación porcina (ser propietario/a de la base territorial donde se ubican las mencionadas instalaciones).

    Cambios de régimen (intensivo/extensivo)

    • Cumplir con las condiciones mínimas de funcionamiento en materia de bioseguridad, infraestructura, equipamiento, manejo, higiene y bienestar animal exigidas por la normativa sectorial en función del tipo de régimen al que desee acceder (intensivo/extensivo).
  • Documentación

    Común a todos los procedimientos

    • Autorización para consulta de datos con otras administraciones públicas.
    • Copia del Modelo 50 acreditativo del pago de las tasas correspondientes:
      • Para cambios de titularidad: 3,81 € por la tramitación de expedientes + 4,86 € por inspección de comprobación de instalaciones de explotaciones ganaderas.
      • Para cambios de régimen y/o cambios de orientación: 4,86 € por la realización de visitas, a petición de parte, para verificación de las condiciones de las instalaciones.

    Tasas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible por prestación de Servicios Facultativos (Cód.: 12005-0).

    NOTA: no obstante, lo anterior, consultar con la Sección de Patología Porcina de referencia antes de realizar el pago de las tasas.

    Cambios de orientación zootécnica para la venta de reproductores:

    • Solicitudes: son dos, una para el Servicio de Producción Agraria, de Clasificación Zootécnica; y otra para la Sección de Patología porcina, de cambio de orientación zootécnica. (se adjuntan modelos)
    • Listado de animales reproductores de la explotación inscritos en libro genealógico o en registro oficial correspondiente (emitido por la Asociación de Criadores correspondiente). Este listado contendrá como mínimo: la identificación individual, el sexo y la fecha de nacimiento de cada animal.
    • Certificado de inscripción en Asociación de Criadores correspondiente (Excepto ibérico).
    • Para explotaciones de Selección: certificado de la Asociación de Criadores correspondiente, de estar incluidos dentro de un esquema o programa de Selección (Excepto ibérico).
    • Nombramiento del Veterinario director técnico de la explotación.
    • Declaración jurada del titular del registro porcino. (dicha declaración se aportará tras los chequeos serológicos negativos junto con el certificado veterinario oficial).
    • Programa zootécnico de manejo de la explotación. (Para el Servicio de Producción Agraria)
    • Programa técnico-sanitario de la explotación porcina, realizado y firmado por el Veterinario director técnico.

    Cambios de titularidad

    • Solicitud Modelo nº 6 debidamente cumplimentada y firmada por anterior titular (salvo fallecimiento) y por el nuevo titular.
    • Nota simple del Registro de la Propiedad o copia, completa, de las escrituras que sustenten el cambio: escrituras de compra-venta, herencia, declaración de herederos, donación...
    • En el caso de personas jurídicas: copia de las escrituras de constitución y acreditación de la persona que firma como representante de esta.
    • En el caso de que haya varios propietarios: autorizaciones de los co-propietarios para que la explotación porcina en el registro figure a nombre del solicitante.
    • En caso de fallecimiento: fotocopia del certificado de defunción.

    Cambios de régimen (intensivo/extensivo)

    • Se solicitará mediante escrito (no hay modelo establecido) por el titular del registro porcino, aportando documentación acreditativa de la propiedad de todos los Polígonos y parcelas que constituirán el Registro Porcino, así como autorización ambiental integrada, unificada o informe de impacto ambiental (en determinados casos).
    • Autorización ambiental (si procede)

    En el escrito deberán figurar los siguientes datos:

      • Número de registro porcino
      • Nombre y apellidos del titular del registro porcino
      • D.N.I. del titular del registro porcino
      • Dirección de envío
      • Teléfono de contacto
      • Tipo de cambio solicitado: de intensivo a extensivo, o viceversa
      • Plan de manejo extensivo o intensivo.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Agricultura y Ganadería
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada. 

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Agricultura y Ganadería
    Servicio de Sanidad Animal
    Avenida Luis Ramallo, S/N
    06800, Mérida

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