Autorización como veterinario colaborador para identificar animales de compañía

Solicitud de acreditación como veterinario colaborador en la identificación de animales de compañía.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
26/10/2023
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Autorización administrativa como veterinario colaborador para poder identificar animales de compañia

  • Destinatarios

    • Personas físicas (veterinarios en ejercicio libre)
  • Requisitos

    Disponer de lector de transpondedores (microchips) homologados y acceso a internet.

  • Documentación

    • Los veterinarios en ejercicio libre deberán presentar las solicitudes acreditando los requisitos necesarios para poder ejercer profesionalmente dicha actuación, con respeto de lo establecido en la Directiva 123/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
    • Los citados veterinarios serán autorizados por la Dirección General competente en materia ganadera, previa instrucción, informe y propuesta del Colegio Oficial de Veterinarios correspondiente en Extremadura, ante el que deberán presentarse las solicitudes.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Agricultura y Ganadería
    • Plazo para resolver: 4 No tiene
    • Efecto silencio administrativo: Estimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recuro de alzada

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Agricultura y Ganadería
    Servicio de Sanidad Animal
    Avenida Luis Ramallo, S/N
    06800, Mérida