Autorización para retirada de nidos de especies protegidas

Solicitud de autorización excepcional para retirada de nidos de especies protegidas.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
15/2/2024
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Autorizar excepcionalmente acciones para la retirar nidos de especies protegidas, que provoquen efectos perjudiciales para la salud y seguridad de las personas, conforme a lo establecido en el art. 61 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y el artículo 8 del Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.
  • Destinatarios

    Particulares, empresas, asociaciones, organizaciones, entidades y administraciones 

  • Requisitos

    • Ser propietario o responsable del inmueble en el que se localizan los nidos.
    • Ser propietario o responsable de la línea eléctrica en la que se localizan los nidos.
    • Ser propietario o responsable de la antena de telecomunicaciones en la que se localizan los nidos.
  • Documentación

    Documentación obligatoria

    Documentación que acredite la propiedad, arrendamiento o derecho real sobre el inmueble.

    Documentación que acredite la propiedad o derecho real sobre la linea eléctrica.

    Documentación que acredite la propiedad o derecho real sobre la antena de telecomunicaciones.

    Memoria técnica que contenga la siguiente información:

    • Objeto y razón de la acción, justificando la ausencia de otra solución satisfactoria.
    • Especie/s sobre las que se pretende realizar la actuación; así como, el nº máximo de ejemplares afectados.
    • Delimitación de los lugares o áreas de actuación; así como el calendario de las actividades a desarrollar.
    • Medios, sistemas, métodos a emplear, incluyéndose un análisis de alternativas justificando la solución adoptada.
    • Relación del personal encargado.

    Fotografías de los nidos en las que se reconozca su localización.

    Certificado por personal cualificado de que los nidos objeto de solicitud son perjudiciales para la salud, salubridad y/o seguridad pública.

    Poder de representación en el caso de que el solicitante no sea el titular, gesto o responsable del inmueble, línea electrica o antena de telecomunicaciones.

    En el caso de personas jurídicas:  N.I.F, estatutos y escritura de constritución de la entidad.

    En el caso de comunidades de vecinos: certificado del acta de la reunión de los vecinos donde se recoja expresamente, el acuerdo de solicitud de autorización excepcional de retirada de nidos, firmado por el presidente y secretario de la comunidad de vecinos.

  • Solicitud y Anexos

    Enlace externo a solicitud:

    http://extremambiente.juntaex.es/index.php?option=com_content&view=article&id=1787&Itemid=543

    Clicar sobre "SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL DE INTERVENCIÓN EN NIDOS DE ESPECIES PROTEGIDAS"

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Sostenibilidad
    Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
    Avenida Valhondo, s/n
    06800, Mérida
    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Sostenibilidad
    Paseo de Roma, s/n
    06800, Mérida