Autorización para retirada de nidos de especies protegidas - Juntaex.es
Autorización para retirada de nidos de especies protegidas - Juntaex.es
Autorización para retirada de nidos de especies protegidas
Solicitud de autorización excepcional para retirada de nidos de especies protegidas.
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Autorizar excepcionalmente acciones para la retirar nidos de especies protegidas, que provoquen efectos perjudiciales para la salud y seguridad de las personas, conforme a lo establecido en el art. 61 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y el artículo 8 del Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. -
Destinatarios
Particulares, empresas, asociaciones, organizaciones, entidades y administraciones
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Requisitos
- Ser propietario o responsable del inmueble en el que se localizan los nidos.
- Ser propietario o responsable de la línea eléctrica en la que se localizan los nidos.
- Ser propietario o responsable de la antena de telecomunicaciones en la que se localizan los nidos.
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Documentación
Documentación obligatoria
Documentación que acredite la propiedad, arrendamiento o derecho real sobre el inmueble.
Documentación que acredite la propiedad o derecho real sobre la linea eléctrica.
Documentación que acredite la propiedad o derecho real sobre la antena de telecomunicaciones.
Memoria técnica que contenga la siguiente información:
- Objeto y razón de la acción, justificando la ausencia de otra solución satisfactoria.
- Especie/s sobre las que se pretende realizar la actuación; así como, el nº máximo de ejemplares afectados.
- Delimitación de los lugares o áreas de actuación; así como el calendario de las actividades a desarrollar.
- Medios, sistemas, métodos a emplear, incluyéndose un análisis de alternativas justificando la solución adoptada.
- Relación del personal encargado.
Fotografías de los nidos en las que se reconozca su localización.
Certificado por personal cualificado de que los nidos objeto de solicitud son perjudiciales para la salud, salubridad y/o seguridad pública.
Poder de representación en el caso de que el solicitante no sea el titular, gesto o responsable del inmueble, línea electrica o antena de telecomunicaciones.
En el caso de personas jurídicas: N.I.F, estatutos y escritura de constritución de la entidad.
En el caso de comunidades de vecinos: certificado del acta de la reunión de los vecinos donde se recoja expresamente, el acuerdo de solicitud de autorización excepcional de retirada de nidos, firmado por el presidente y secretario de la comunidad de vecinos.
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Solicitud y Anexos
Enlace externo a solicitud:http://extremambiente.juntaex.es/index.php?option=com_content&view=article&id=1787&Itemid=543
Clicar sobre "SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL DE INTERVENCIÓN EN NIDOS DE ESPECIES PROTEGIDAS"
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Sostenibilidad
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
Avenida Valhondo, s/n
06800, Mérida
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Sostenibilidad
Paseo de Roma, s/n
06800, Mérida