Precintos de procedencia de piezas de caza mayor - Juntaex.es
Precintos de procedencia de piezas de caza mayor - Juntaex.es
Precintos de procedencia de piezas de caza mayor
Envío de precintos para acreditar la procedencia de las piezas de caza mayor
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Plazo de presentación
La solicitud debe presentarse antes del inicio de la temporada.
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Finalidad
Solicitar la entrega de los precintos correspondientes a cada coto para acreditar la procedencia de las piezas de caza mayor. -
Destinatarios
Titulares de cotos de caza o representante acreditado.
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Requisitos
No se efectuará la entrega de los precintos a aquellos cotos que en la fecha de la solicitud no hayan aportado el parte global de capturas o no se encuentren al corriente en el pago del impuesto cinegético.
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Documentación
Documentación obligatoria:
1. Solicitud
2. Resguardo de abono de la tasa
Código de la tasa: 23054-4
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura. Texto consolidado.
- DECRETO 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética.
- ORDEN de 22 de julio de 2024 por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la que se modifica la Orden de 29 de mayo de 2013 por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza.
- RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se modifica la Resolución de 20 de marzo de 2024, por la que se establecen los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2024-2025.
- CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se modifica la Resolución de 20 de marzo de 2024, por la que se establecen los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2024-2025.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
El transporte de las piezas de caza mayor requiere, en todo caso, la acreditación de su procedencia.
La acreditación de la procedencia de las piezas de caza mayor se realizará de la siguiente manera:
1. Regla general: mediante los precintos expedidos por la Dirección General competente en materia de caza al inicio de la temporada.
2. Acciones que requieran la designación de veterinario oficial, la procedencia se acreditará mediante el precinto o documento expedido por los servicios veterinarios.
Se entregará el número de precintos que corresponda según el cupo aprobado en el plan técnico.
La persona titular del coto será la responsable de la custodia y buen uso de los precintos, salvo que se pueda demostrar que la responsabilidad corresponde a un tercero.
En ningún caso se emitirán duplicados de los precintos extraviados o inutilizados.
Los precintos entregados a los cotos de caza tendrán validez para la temporada cinegética reflejada en los mismos.
En ningún caso servirán para acreditar la procedencia a partir del 31 de marzo de la temporada correspondiente.
Cada precinto numerado identificará la temporada, la especie a abatir y el coto.
En las modalidades de caza con entrega de precinto, este sustituirá al permiso del titular.
No se podrá trasladar la pieza abatida hasta que no tenga colocado el precinto. Es responsabilidad del cazador portar el precinto durante el desarrollo de la acción cinegética y colocarlo en la pieza abatida.
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Órgano gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida