Tenencia en cautividad de piezas de caza - Juntaex.es
Tenencia en cautividad de piezas de caza - Juntaex.es
Tenencia en cautividad de piezas de caza
Autorización para la tenencia en cautividad de las especies de urraca y zorro
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Este trámite permite solicitar autorización para la tenencia en cautividad de las especies urraca y zorro. -
Destinatarios
1. Federaciones deportivas de caza.
2. Titulares de cotos.
3. Cazadores.
4. Personal especializado en control de predadores.
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Requisitos
1. Especies:
a) Urraca.
c) Zorro. Únicamente a federaciones deportivas.
2. Procedencia de terreno cinegético:
a) Captura en vivo.
b) Captura mediante métodos homologados.
3. Zorro: máximo 3 ejemplares.
4. Urraca: máximo 6 ejemplares.
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Documentación
Documentación obligatoria:
1. La solicitud debe expresar obligatoriamente:
a) edad, marcas o señales identificativas del animal
b) lugar de procedencia
2. Copia de la autorización de captura en vivo o de captura mediante métodos homologados (únicamente cuando procedan de fuera de Extremadura).
3. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50).
Código de la tasa: 23026-4
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
Unicamente se permite la tenencia en cautividad de las especies cinegéticas consideradas medios auxiliares.
Se consideran medios auxiliares para la caza los ejemplares de especies cinegéticas que sirven para auxiliar al cazador, en particular, los reclamos, cimbeles y señuelos vivos.
La tenencia en cautividad de especies de caza que no sean medios auxiliares constituye una infracción muy grave.
Se consideran medios auxiliares las siguientes especies:
- machos de perdiz roja (la tenencia de hembras y crías constituye infracción muy grave).
- paloma torcaz.
- paloma bravía.
- urraca.
Solo se requiere autorización para la tenencia de urraca y zorro, las restantes especies consideradas medios auxiliares no requieren autorización.
La tenencia de la especie zorro únicamente se puede autorizar a una federación deportiva.
En ningún caso se podrán dedicar los ejemplares de estas especies a la reproducción y cría.
La autorización tendrá validez durante la vida del animal.
La tenencia en cautividad de especies no consideradas medios auxiliares constituye una infracción muy grave.
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Órgano gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida