Utilización de residuos inertes de construcción y demolición en obras de restauración, acondicionamiento o relleno - Juntaex.es
Utilización de residuos inertes de construcción y demolición en obras de restauración, acondicionamiento o relleno - Juntaex.es
Utilización de residuos inertes de construcción y demolición en obras de restauración, acondicionamiento o relleno
Solicitud de autorización para la utilización de residuos inertes de construcción y demolición en obras de restauración, acondicionamiento o relleno.
Fecha de actualización
:
5/12/2023
Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Las personas físicas o jurídicas que pretendan utilizar residuos inertes de construcción y demolición en obras de restauración, acondicionamiento o relleno, deben solicitar la preceptiva autorización sectorial en materia de residuos. -
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas que pretendan utilizar residuos inertes de construcción y demolición en obras de restauración, acondicionamiento o relleno.
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Requisitos
Los residuos inertes de construcción y demolición a utilizar deben proceder de una planta de reciclaje autorizada que previamente los haya clasificado y triturado, correspondiendo al código LER 19 12 09 minerales (por ejemplo: arena, piedras).
Se debe contar con la autorización previa por escrito del propietario del terreno donde se llevará a cabo la actividad.
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Documentación
- Solicitud de autorización.
- Memoria de actuación de conformidad con el art. 18 del Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura, describiendo la actividad a realizar para la operación de valorización R0508 según establece el Anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Autorización del propietario del terreno donde se llevará a cabo la actividad.
- Cuando proceda, adjuntar el documento ambiental abreviado del proyecto conforme a lo dispuesto en el art. 80 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Solicitud y Anexos
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Normativa
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición
- Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Resolución
- Plazo para resolver: 10 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden: <p style="text-align: justify;">Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
Dirección General de Sostenibilidad
Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático
Avenida Valhondo, s/n
06800, Mérida