Uso de SANDACH para la alimentación de determinadas especies necrófagas. - Juntaex.es
Uso de SANDACH para la alimentación de determinadas especies necrófagas. - Juntaex.es
Uso de SANDACH para la alimentación de determinadas especies necrófagas.
Autorización del uso de SANDACH para la alimentación de determinadas especies necrófagas de interés comunitario en zonas de protección.
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Finalidad
Establecer los criterios, procedimientos y requisitos en los que se podrán utilizar los subproductos animales no destinados a consumo humano (en adelante SANDACH) para la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con la normativa básica recogida en el Real Decreto 1632/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la alimentación de determinadas especies de la fauna silvestre con subproductos animales no destinados al consumo humano. -
Destinatarios
Explotaciones de ovino y équidos situadas en la zona de protección para alimentación de especies necrófagas de interés comunitario,
"Quedan incluidos en las Zonas de Protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario todos los términos municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura."
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Requisitos
Titulares de explotaciones ganaderas activas que dispongan de la especie ovino y/o equidos (caballar, mular y asnal) en un régimen de explotación no intensivo.
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Documentación
Solo se requiere presentar la solicitud especifica, preferentemente a traves de la plataforme ARADO. Solicitud de oficio para las explotaciones ganaderas ya autorizadas en campañas anteriores y que esten de alta el día de fin de plazo de presentación (31 de enero de cada año), salvo que la persona interesada manifieste lo contrario.
No se requiere aportar documentación adicional alguna.
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Solicitud y Anexos
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Normativa
- DECRETO 38/2015, de 17 de marzo, por el que se regula la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano en la Comunidad Autónoma de Extremadura
- DECRETO 23/2017, de 7 de marzo, por el que se modifica el Decreto 38/2015, de 17 de marzo, por el que se regula la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- DECRETO 185/2019, de 17 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 38/2015, de 17 de marzo, por el que se regula la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre con subproductos animales no destinados al consumo humano en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Sanidad Animal
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden: <p>Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Agricultura y Ganadería
Servicio de Sanidad Animal
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida