Homologación para impartir el curso del cazador - Juntaex.es
Homologación para impartir el curso del cazador - Juntaex.es
Homologación para impartir el curso del cazador
Homologación de entidades para impartir el curso del cazador
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
-
Finalidad
Este trámite permite a las entidades interesadas obtener la homologación para poder impartir el curso para la obtención de los requisitos de aptitud y conocimientos para la práctica de la caza en Extremadura. -
Destinatarios
Federaciones deportivas relacionadas con la caza.
-
Requisitos
Requisitos que debe cumplir la entidad para solicitar la homologación:
1. Tratarse de una federación inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de Extremadura que integre, al menos, tres asociaciones de cazadores que representen un mínimo de tres modalidades de caza.
2. Tener domicilio fiscal en Extremadura.
3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.
4. Tener la condición de entidades colaboradoras previstas en el artículo 71.6 de la Ley de Caza.
5. Contar con el siguiente personal necesario para impartir los cursos:
a) Una persona encargada de la dirección del curso con titulación universitaria de grado medio.
b) Al menos dos personas encargadas de impartir los cursos, con conocimiento demostrable en materia de caza y titulación mínima universitaria equivalente a diplomado.
-
Documentación
Documentación obligatoria:
1. Escritura de constitución de la federación.
2. Certificado de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Extremadura.
3. Acta del acuerdo adoptado para solicitar la homologación.
4. Memoria en la que se detallen los materiales, instalaciones y profesores que impartirán los cursos, en la que se incluirá la documentación acreditativa de la capacidad de los mismos.
5. Acreditación de la titulación del director del curso.
-
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Representación voluntaria por medios electrónicos
-
Normativa
- ORDEN de 4 de diciembre de 2013 por la que se regula la obtención de la aptitud y conocimientos necesarios para la práctica de la caza, la acreditación como especialista en control de depredadores y la acreditación como auxiliar de los agentes del medio natural.
- ORDEN de 4 de diciembre de 2013 por la que se regula la obtención de la aptitud y conocimientos necesarios para la práctica de la caza, la acreditación como especialista en control de depredadores y la acreditación como auxiliar de los agentes del medio natural. Texto consolidado.
-
Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
-
Más información
El curso del cazador versará sobre las materias relacionadas en el Anexo I de la Orden de 4 de diciembre de 2013.
-
Órgano gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida