Acreditación como especialista en control de predadores - Juntaex.es
Acreditación como especialista en control de predadores - Juntaex.es
Acreditación como especialista en control de predadores
Acreditación como personal especializado para control de predadores mediante métodos homologados
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Este trámite permite obtener la acreditación para poder instalar y controlar los métodos homologados para la captura de especies cinegéticas predadoras. -
Destinatarios
Personas físicas que deseen ejercer la actividad en Extremadura.
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Requisitos
1. Tener superado el examen de especialista en control de predadores en Extremadura o en otra comunidad autónoma.
2. Estar inscrito en el Registro de Cazadores de Extremadura.
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Documentación
1. Certificado de superación del examen en otra comunidad autónoma
2. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50)
Codigo: 23069-3
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura. Texto consolidado.
- DECRETO 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética.
- ORDEN de 4 de diciembre de 2013 por la que se regula la obtención de la aptitud y conocimientos necesarios para la práctica de la caza, la acreditación como especialista en control de depredadores y la acreditación como auxiliar de los agentes del medio natural.
- ORDEN de 4 de diciembre de 2013 por la que se regula la obtención de la aptitud y conocimientos necesarios para la práctica de la caza, la acreditación como especialista en control de depredadores y la acreditación como auxiliar de los agentes del medio natural. Texto consolidado.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
Los métodos de captura de predadores autorizados deberán ser instalados y controlados por personal especializado que cuente con esta acreditación. El número de acreditación deberá incluirse en la placa identificativa del método de captura a emplear.
Los métodos de captura deben ser controlados diariamente por la persona acreditada mediante la ficha de control.
Para el ejercicio de la actividad es necesario tener licencia de caza en vigor.
La persona titular del terreno en el que se vaya a realizar el control debe contar con autorización previa para el control de predadores mediante métodos homologados.
Las personas acreditadas para el control de los métodos homologados deberán seguir las prescripciones técnicas y normas de correcto uso que se recogen en las Directrices Técnicas para la Captura de Expecies Cinegéticas Predadoras.
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Órgano gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida