Registro de Cazadores de Extremadura - Juntaex.es
Registro de Cazadores de Extremadura - Juntaex.es
Registro de Cazadores de Extremadura
Inscripción en el Registro de Cazadores de Extremadura
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
-
Finalidad
Este trámite permite la inscripción en el Registro de Cazadores de Extremadura de todas aquellas personas que ostenten la aptitud y conocimientos necesarios para la práctica de la caza en Extremadura. -
Destinatarios
Personas que deseen practicar la caza en Extremadura.
-
Requisitos
Ostentar la aptitud y conocimientos necesarios para la práctica de la caza, mediante alguno de los siguientes medios:
1. Examen o curso de cazador en Extremadura
2. Encontrarse habilitado para la práctica de la caza en otra comunidad autónoma o país homologado
-
Documentación
Documentación obligatoria
1. Acreditación de ostentar los requisitos de aptitud y conocimientos en otra comunidad autónoma o país homologado:
a) Certificado de superación del examen o curso del cazador en la comunidad o país de origen
b) Licencia o carné de cazador vigente de la comunidad autónoma o país de origen
En caso de acceder mediante examen o curso de cazador de Extremadura no es necesario aportar el certificado de superación.
2. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50)
El pago de la tasa se puede realizar a través de la pasarela de pagos de la Junta de Extremadura o presentando el modelo 50 en la entidad bancaria
Código de la tasa: 23043-1
Documentación opcional:
1. NIF o NIE en caso de oposición a la consulta de datos de identificación.
2. Acreditación de la representación, en su caso.
-
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Representación voluntaria por medios electrónicos
-
Normativa
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura. Texto consolidado.
- DECRETO 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética.
- ORDEN de 4 de diciembre de 2013 por la que se regula la obtención de la aptitud y conocimientos necesarios para la práctica de la caza, la acreditación como especialista en control de depredadores y la acreditación como auxiliar de los agentes del medio natural.
- ORDEN de 4 de diciembre de 2013 por la que se regula la obtención de la aptitud y conocimientos necesarios para la práctica de la caza, la acreditación como especialista en control de depredadores y la acreditación como auxiliar de los agentes del medio natural. Texto consolidado.
-
Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
-
Más información
La inscripción en el Registro de Cazadores de Extremadura es requisito indispensable para la obtención del carné del cazador.
-
Órgano gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida