Reconocimiento oficial de escuelas para la formación de educadores en el tiempo libre - Juntaex.es
Reconocimiento oficial de escuelas para la formación de educadores en el tiempo libre - Juntaex.es
Reconocimiento oficial de escuelas para la formación de educadores en el tiempo libre
Solicitud para el reconocimiento oficial de escuelas para la formación de educadores en el tiempo libre.
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1

Lea los requisitos y tramite
Código SIA: 213571

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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Las Escuelas de ocio y tiempo libre son las entidades formativas reconocidas para impartir los cursos de Monitor/a y Director/a de Ocio y Tiempo libre en el ámbito de la educación no formal.
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Destinatarios
Podrán crear una Escuela de formación de educadores/as en el tiempo libre infantil y juvenil aquellas personas físicas o jurídicas que tengan interés en impartir formación destinada a la obtención de los Diplomas de Director/a y Monitor/a de tiempo libre infantil y juvenil en Extremadura, contando como mínimo para ello con:
- Profesorado con formación y experiencia en los módulos que vayan a impartir.
- Estatutos.
- Acta de constitución de la Escuela.
- Memoria justificativa de la necesidad de creación de la Escuela.
- Proyecto o ideario educativo.
- Instalaciones adecuadas para un mínimo de 10 alumnos/as y un máximo de 30.
- Sistema de evaluación y seguimiento de su alumnado.
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Requisitos
Para constituirse como Escuela, hay que cumplir una serie de REQUISITOS:
- Director o directora. Debe poseer Titulación universitaria media o superior y Diploma de Director/a de Ocio y Tiempo Libre.
- Profesorado. Equipo docente compuesto por un mínimo de cinco profesores, que deberán tener titulación oficial para el módulo a impartir o experiencia y conocimientos acreditados en la materia.
- Recursos materiales mínimos. Aula con capacidad superior a 10 personas, recursos bibliográficos y/o didácticos y medios informáticos
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Solicitud y Anexos
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Instituto de la Juventud de Extremadura
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Dirección General de Jóvenes y Deportes
Instituto de la Juventud de Extremadura
Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud
Paseo De Roma,
06800, Mérida