Reconocimiento oficial de escuelas para la formación de educadores en el tiempo libre - Juntaex.es
Reconocimiento oficial de escuelas para la formación de educadores en el tiempo libre - Juntaex.es
Reconocimiento oficial de escuelas para la formación de educadores en el tiempo libre
Solicitud para el reconocimiento oficial de escuelas para la formación de educadores en el tiempo libre.
Fecha de actualización
:
5/12/2024
Lea los requisitos y tramite
Código SIA: 213571
En línea
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Buscar oficina donde realizar este trámite-
Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Las Escuelas de ocio y tiempo libre son las entidades formativas reconocidas para impartir los cursos de Monitor/a y Director/a de Ocio y Tiempo libre en el ámbito de la educación no formal. -
Destinatarios
Podrán crear una Escuela de formación de educadores/as en el tiempo libre infantil y juvenil aquellas personas físicas o jurídicas que tengan interés en impartir formación destinada a la obtención de los Diplomas de Director/a y Monitor/a de tiempo libre infantil y juvenil en Extremadura, contando como mínimo para ello con:
- Profesorado con formación y experiencia en los módulos que vayan a impartir.
- Estatutos.
- Acta de constitución de la Escuela.
- Memoria justificativa de la necesidad de creación de la Escuela.
- Proyecto o ideario educativo.
- Instalaciones adecuadas para un mínimo de 10 alumnos/as y un máximo de 30.
- Sistema de evaluación y seguimiento de su alumnado.
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Requisitos
Para constituirse como Escuela, hay que cumplir una serie de REQUISITOS:
- Director o directora. Debe poseer Titulación universitaria media o superior y Diploma de Director/a de Ocio y Tiempo Libre.
- Profesorado. Equipo docente compuesto por un mínimo de cinco profesores, que deberán tener titulación oficial para el módulo a impartir o experiencia y conocimientos acreditados en la materia.
- Recursos materiales mínimos. Aula con capacidad superior a 10 personas, recursos bibliográficos y/o didácticos y medios informáticos
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Solicitud y Anexos
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Instituto de la Juventud de Extremadura
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Dirección General de Jóvenes y Deportes
Instituto de la Juventud de Extremadura
Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud
Paseo De Roma,
06800, Mérida