Realización de acampada juvenil - Juntaex.es
Realización de acampada juvenil - Juntaex.es
Realización de acampada juvenil
Comunicación de datos sobre la realización de acampada juvenil como actividad de ocio y tiempo libre para entidades y colectivos sin fines lucrativos.
Lea los requisitos y tramite
Código SIA: 213540
En línea
Tramitar en líneaPresencialmente
Buscar oficina donde realizar este trámite-
Plazo de presentación
Durante todo el año:
- Modalidad A: Treinta días naturales, antes del día de inicio de la acampada juvenil.
- Modalidad B: Sesenta días naturales, antes del día de inicio de la acampada juvenil. -
Finalidad
Comunicar los datos de acampada juvenil como actividad de ocio y tiempo libre en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se entiende por acampada juvenil, aquella actividad que se desarrolla en un entorno natural, que implica pernoctación y en la que participan grupos organizados de níños y jóvenes, bajo la supervisión de un equipo técnico. La actividad deberá contar además con un proyecto educativo definido y no tener carácter familiar. Quedan excluidos dentro de esta consideración los campamentos públicos de turismo, los campamentos privados y las zonas de acampada municipal, así como las actividades realizadas por los diferentes colectivos y entidades en instalaciones permanentes reconocidas oficialmente por los órganos competentes en materia de turismo, juventud o medio ambiente. -
Destinatarios
Todas aquellas entidades y colectivos que organicen acampadas juveniles y que no tengan fines lucrativos.
-
Requisitos
La organización de una acampada juvenil conlleva el cumplimento de una serie de requisitos y condiciones higiénico-sanitarias, de ubicación del emplazamiento y de equipamiento básico y necesario, en relación al personal y a la formación del mismo.
En caso de solicitar una acampada con pernoctaciones inferiores a tres noches (MODALIDAD A), el equipamiento necesario será el siguiente:
- Una instalación fija o móvil, habilitada para pernoctar.
- Un evacuatorio y lavabo para cada diez personas o fracción.
- En los casos en los que la entidad organizadora sea la que suministre los alimentos, deberá contar con una instalación, fija o no, habilitada para la elaboración, manipulación, preservación y/o servicio de comidas y alimentos, según los casos y siempre de acuerdo a los principios generales de higiene de los alimentos.
En caso de solicitar una acampada con pernoctaciones de tres a cinco noches (MODALIDAD B), el equipamiento necesario será el siguiente:
- Una instalación fija o móvil, habilitada para pernoctar.
- Una instalación, fija o no, habilitada para la elaboración, manipulación, preservación y/o servicio de comidas y alimentos, según los casos y siempre de acuerdo a los principios generales de higiene de los alimentos.
- Una instalación fija o móvil habilitada con mesas y asientos suficientes para los asistentes con el objeto de servir de comedor.
- Un evacuatorio, lavabo y ducha para cada diez personas o fracción.
-
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
-
Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Instituto de la Juventud de Extremadura
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
-
Más información
-
Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Dirección General de Jóvenes y Deportes
Instituto de la Juventud de Extremadura
Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud
Paseo De Roma,
06800, Mérida