Registro de Elaboradores y Comercializadores de Producción Ecológica - Juntaex.es
Registro de Elaboradores y Comercializadores de Producción Ecológica - Juntaex.es
Registro de Elaboradores y Comercializadores de Producción Ecológica
Solicitud de inscripción y actualización en el Registro de Elaboradores y Comercializadores de Producción Ecológica que comercialicen productos ecológicos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Regular la inscripción en el Registro de Elaboradores y Comercializadores de Producción Ecológica.
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Destinatarios
Todos los operadores que comercialicen y/o elaboren o vayan a realizar dichas actividades como ecológicos de los siguientes productos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
- Los productos agrarios vivos o no transformados.
- Los productos agrarios transformados incluidos los productos de la acuicultura, destinados a ser utilizados en la alimentación humana.
- Piensos.
- Vinos.
- Material de reproducción vegetativa y semillas para cultivo.
- Otros productos enumerados en el anexo I del Reglamento (UE) 2018/848.
Quedan excluidos los operadores que vendan productos ecológicos envasados directamente al consumidor final, en el supuesto de que no produzcan, elaboren o almacenen los productos, salvo en el punto de venta, ni los importen de terceros países, ni hayan subcontratado tales actividades a un tercero.
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Requisitos
Los operadores que deseen inscribirse en los registros, deberán notificar su actividad a la dirección general correspondiente y someterla al régimen de control establecido en la normativa europea aplicable. Además, los productores, deberán tener inscrito el cultivo y/o especie ganadera por la que se solicita la inscripción a su nombre en el Registro de Explotaciones Agrarias (REXA) y los elaboradores y/o comercializadores deberán tener su industria inscrita en los registros correspondientes.
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Documentación
Los operadores que deseen inscribirse deberán notificar su actividad a la direccion general y someterla al régimen de control establecido en la normativa europea aplicable.
La notificación de la actividad consiste en formular solicitud de inscripción o actualización conforme al modelo correspondiente, en el que figuran los compromisos que conlleva la inscripción.
Esta solicitud estará dirigida a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, se deberá cumplimentar de forma manual, pudiéndose encontrar el Anexo II de solicitud en la siguiente dirección: https://extremadurabio.juntaex.es/modelos-oficiales y tendrá que presentarse de acuerdo con el sistema de registro único de la Administración de la Comunidad Autónoma, en cualquiera de los lugares previstos en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 246, de 24 de diciembre). También será posible la presentación de la solicitud de inscripción, a través de cualquiera de los restantes medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A la solicitud de inscripción en el Registro de Elaboradores y Comercializadores de Pro ducción Ecológica que figura en el Anexo II, se adjuntará la siguiente documentación:
a) Para el caso de que el solicitante sea persona jurídica deberán aportarse escrituras, actas o documentos que identifiquen a las personas físicas que lo integran, y poderes del representante.
b) Memoria detallada de las actividades ecológicas que se pretenden realizar, y que incluya, en el caso de realizar también actividad convencional, un protocolo detallado de las actuaciones y medidas a adoptar para evitar contaminación, mezcla o confusión.
c) Plano de instalaciones y naves en que se va a llevar a cabo la actividad ecológica.
d) Justificante de pago de las tasas establecidas en la Ley 18/2001, de 14 de diciembre sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante el modelo 50.
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Solicitud y Anexos
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Normativa
- Decreto 42/2009, de 6 de marzo, por el que se crea el Comité de Agricultura Ecológica de Extremadura (CAEX) (D.O.E. Nº 49, de12-03-09)
- Decreto 29/2013, de 12 de marzo, por el que se modifica el Decreto 42/2009, de 6 de marzo, por el que se crea el Comité de Agricultura Ecológica de Extremadura (CAEX), se designa la Autoridad de Control y Certificación para las actividades de producción, elaboración, comercialización e importación de productos ecológicos, se crean los registros y se establecen los instrumentos de fomento, promoción y asesoramiento en materia de producción ecológica en la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. Nº 54, DE 19-03-13)
- Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2020/464 de la Comisión de 26 de marzo de 2020 por el que se establecen determinadas normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los documentos necesarios para el reconocimiento retroactivo de los períodos de conversión, la producción de productos ecológicos y la información que los Estados miembros deben facilitar.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1165 de la Comisión de 15 de julio de 2021 por el que se autorizan determinados productos y sustancias para su uso en la producción ecológica y se establecen sus listas
- CORRECCIÓN de errores de la Orden de 20 de febrero de 2023 por la que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación del Programa de Desarrollo Rural, la actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores-Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Agricultura y Ganadería
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden: Recurso de alzada.
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Agricultura y Ganadería
Servicio de Producción Agraria
Avenida Luis Ramallo, s/n
06800, Mérida