Evaluación de impacto ambiental abreviada

Evaluación de impacto ambiental abreviada

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
10/10/2024
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Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    El informe de impacto ambiental determinará, a los solos efectos ambientales, la viabilidad o no de realizar el proyecto y, en caso afirmativo, fijará las condiciones en que aquél deba realizarse en orden a la adecuada protección del medio ambiente y de los recursos naturales, así como las medidas protectoras, correctoras y compensatorias.
  • Destinatarios

    Promotores de proyectos, públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o cualquier otra actividad comprendida en el Anexo VI de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se pretendan llevar a cabo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Requisitos

    • Solicitud de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental abreviada. El promotor presentará ante el órgano sustantivo una solicitud de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental abreviada acompañada de un documento ambiental abreviado. La solicitud se presentará ante el órgano ambiental para aquellos proyectos en los que no exista órgano sustantivo o siéndolo la Administración local, la actividad esté sometida a autorización ambiental integrada o unificada. El órgano sustantivo remitirá al órgano ambiental el documento ambiental abreviado en el plazo máximo de 15 días.
    • Petición de informes. El órgano ambiental solicitará a las Administraciones Públicas afectadas los informes que sean preceptivos o que se consideren necesarios para la formulación del informe de impacto ambiental abreviado.
    • Informe de impacto ambiental abreviado. El órgano ambiental formulará el informe de impacto ambiental abreviado en el plazo máximo de dos meses. En el caso de proyectos a ubicar en Red Natura 2000, el plazo máximo para la formulación del informe de impacto ambiental será de tres meses.
  • Documentación

    El documento ambiental abreviado contendrá, al menos, la siguiente información: (OBLIGATORIO)

    • La definición, características y ubicación del proyecto.
    • Las principales alternativas estudiadas.
    • Un análisis de los impactos potenciales en el medio ambiente.
    • Las medidas preventivas, correctoras y, en su caso, compensatorias para la adecuada protección del medio ambiente.
    • La forma de realizar el seguimiento que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas protectoras, correctoras y, en su caso, compensatorias contenidas en el documento ambiental abreviado.
    • Presupuesto de ejecución material de la actividad.
    • Documentación cartográfica que refleje de forma apreciable los aspectos relevantes del proyecto en relación con los elementos ambientales que sirven de soporte a la evaluación ambiental del mismo.
    • Documentación acreditativa de haberse procedido por parte del solicitante al pago de la tasa exigida legalmente.

     

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Sostenibilidad
    • Plazo para resolver: 4 No tiene
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Sostenibilidad
    Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático
    Avenida Valhondo, s/n
    06800, Mérida