Registro de establecimientos e intermediarios del sector de la alimentación animal - Juntaex.es
Registro de establecimientos e intermediarios del sector de la alimentación animal - Juntaex.es
Registro de establecimientos e intermediarios del sector de la alimentación animal
Autorización y registro de los establecimientos e intermediarios del sector de la alimentación animal para garantizar la trazabilidad de los piensos.
Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
Además de las obligaciones establecidas en el R(CE)183/2005, los explotadores de empresas de piensos deberán conservar los registros un mínimo de tres años, sin perjuicio de que otra normativa específica requiera un periodo de tiempo mayor, como el caso de los piensos medicamentosos cuya documentación hay que conservar 5 años, al igual que los operadores que utilicen en fabricación proteínas animales transformadas (ej.: harina de pescado).
Los establecimientos explotadores de empresas de piensos comunicarán en el plazo máximo de un mes a la autoridad competente el cese en alguna de sus actividades así como cualquier cambio en la denominación de la empresa explotadora de piensos o cambio de titular/es de la misma.
Modelo de solicitud de cambio de titularidad -
Finalidad
Autorizar y registrar los establecimientos del sector de la alimentación animal para garantizar la trazabilidad de los piensos -
Destinatarios
Los explotadores de empresas de pienso.
Los explotadores de estas empresas y agricultores deberán obtener y utilizar únicamente los productos destinados a la alimentación animal, procedente de los establecimientos registrados y/o autorizados.
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Documentación
Los explotadores de empresas de piensos serán inscritos en el Registro adscrito a la Dirección General correspondiente, cuando presenten la documentación y cumplan las obligaciones específicas que se recogen en el art. 5 del Reglamento 183/2005.
La documentación que se debe aportar junto con la solicitud, es la siguiente:
1. Notificación/solicitud, conforme al Reglamento 183/2005
2. Copia compulsada de NIF o CIF de la empresa.
3. Acreditación de la representación del solicitante en el caso de las personas jurídicas.
4. Escrituras de constitución de la sociedad en caso de persona jurídica.
5. Manual APPCC: en función de la actividad de las empresas, se adjuntan los siguientes modelos-guías para su realización:- Almacén y distribución de materias primas:
-- Cerealistas
-- Industrias agroalimentarias- Distribución de piensos e intermediarios de premezclas
- Transportistas:
-- Declaración de condiciones y requisitos
-- Memoria de la actividadLas empresas que ya están registradas y están interesadas en solicitar autorización para fabricar y/o distribuir piensos medicamentosos, deben adjuntar a su solicitud un anexo al Manual APPCC que contemple todo lo relativo a esta actividad:
- Elaboradores/fabricantes de piensos medicamentosos
- Distribuidores de piensos medicamentosos(Documentación obligatoria)
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:- GUIA FABRICA DE PIENSOS
- CEREALISTAS
- INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS
- DISTRIBUCION DE PIENSOS E INTERMEDIARIOS
- MEMORIA DE ACTIVIDAD
- FABRICANTES DE PIENSOS MEDICAMENTOSOS
- DISTRIBUIDORES DE PIENSOS MEDICAMENTOSOS
Obligatoria
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Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
- REGLAMENTO (CE) No 183/2005 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de enero de 2005 por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos (DOCE de 8-2-2005)
- http://pame.gobex.es/NR/rdonlyres/9C29121C-EEC5-4DC8-B4ED-A6B299447037/0/AlimAnimal_RD821RegistroEstablecimientos.pdf
- http://pame.gobex.es/NR/rdonlyres/A079FC26-1956-46A6-811B-1013A08656F6/0/AlimAnimal_R2252012.pdf
- DECRETO 9/2015, de 3 de febrero, por el que se deroga el Decreto 171/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula la autorización y registro de establecimientos e intermediarios del sector de la alimentación animal DOE Nº 26, de 9-02-2015)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria
- Plazo para resolver: 4 Según Normativa aplicable
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Agricultura y Ganadería
Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida