Ayudas para la implantación de sistemas de riego eficientes - Juntaex.es
Ayudas para la implantación de sistemas de riego eficientes - Juntaex.es
Ayudas para la implantación de sistemas de riego eficientes
Ayudas destinadas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente de agua y energía en explotaciones agrarias
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1743631200000 - Apr 2, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1746223140000 - May 2, 2025 9:59:00 PM
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Plazo de presentación
Desde: 03/04/2025 Hasta: 02/05/2025 -
Finalidad
Contribuir a la mejora de los resultados económicos de las explotaciones y facilitar la reestructuración y modernización de estas. En particular, se pretende fomentar la realización de obras, instalaciones y cambios en los métodos o sistemas de riego que mejoren la eficiencia en el uso del agua o fomenten el ahorro de energía en las explotaciones agrarias de regadío así como la puesta en riego de explotaciones de secano mediante la implantación de sistemas de riego que propicien la economía del agua con el fin de mejorar la viabilidad económica de las explotaciones. -
Destinatarios
Titulares de explotaciones agrarias que sean personas físicas, ya sea en régimen de titularidad única o en régimen de titularidad compartida, así como las personas jurídicas, siempre y cuando reúnan los requisitos establecidos en el Decreto.
Quedan excluidas de este régimen de ayudas las entidades de derecho público y las entidades sin ánimo de lucro, cualesquiera que sea la forma jurídica que adopten.
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Requisitos
Con carácter general
- Ser titular de una explotación agraria situada en Extremadura con las parcelas objeto de la inversión inscritas las parcelas objeto de la solicitud en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Estar catalogado/a como agricultor/a activo/a, o bien, no haber recibido pagos directos de la PAC en el año anterior al de la convocatoria, por un importe superior a 5.000 euros.
- No hallarse incurso en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiaria a tenor de lo previsto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cumplir los plazos de pago que se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, la Hacienda autonómica y la Seguridad Soc
- Que la renta unitaria de trabajo (RUT) de la explotación, no sea inferior al 20% de la renta de referencia establecida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
- Que la inversión subvencionable tenga un importe mínimo de 5.000 euros.
- Que se acredite la propiedad de la parcela o bien su disponibilidad, mediante contrato de arrendamiento, cesión o similar. En estos casos, deberá disponer de autorización del propietario para la realización de las inversiones.
- Que las inversiones que constituyen el objeto de la ayuda no se encuentren ejecutadas con carácter previo a la fecha de emisión del Acta de no inicio.
- No haber renunciado, ni haber sido declarado la pérdida total del derecho al cobro de una ayuda de este régimen en la convocatoria anterior a la solicitud de la ayuda
En el caso de las personas físicas deberán, además, cumplir:
- Poseer la capacitación profesional suficiente
- Tener los dieciocho años cumplidos y no estar jubilado. No obstante, sí podrán ser beneficiarias las personas físicas que, habiendo accedido a la jubilación , estén compatibilizando el empleo a tiempo completo o parcial con el cobro del 50 por ciento de la pensión
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios de la Seguridad Social y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria a través de la correspondiente Declaración en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores, con epígrafe de actividad agraria.
En el caso de personas jurídicas deberán, además, cumplir:
- Que el Jefe o Responsable de la explotación posea la capacitación profesional suficiente
- Que en sus estatutos figure como objeto social la actividad agraria.
- Estar constituida, como mínimo, con seis meses de antelación a la presentación de la solicitud de la ayuda.
- Que su actividad principal sea la actividad agraria.
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Cuantía
La cuantía máxima de la ayuda expresada en porcentaje del importe de la inversión subvencionable será del 40 %; dicho porcentaje se incrementará en los siguientes casos:
a) Un 10 % en el caso de jóvenes que se instalen en la actividad o se hayan instalado en los 5 años anteriores a la solicitud de ayuda
b) Un 5 % en el caso de zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas. En el caso de que la superficie objeto de la inversión esté íntegramente en zonas de montaña o en zonas afectadas por limitaciones específicas, este incremento será del 10 %
c) Un 5 % en el caso de inversiones en explotaciones que mantengan prácticas y métodos de agricultura ecológica
El importe máximo de la inversión subvencionable se establece en 150.000 euros por beneficiario y convocatoria, salvo en el caso de proyectos colectivos, en las que el referido límite se aplicará sobre la totalidad de las inversiones conjuntas, y no sobre la parte que deba ejecutar cada uno de los titulares de las explotaciones afectadas.
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Documentación
Con carácter general (obligatorio)
Memoria Técnica valorada, cuyo contenido se ajustará a lo establecido en el anexo IV
Título concesional o derecho de uso del agua para riego, según el tipo de aprovechamiento:
1. En el caso de usuarios de tomas de agua individuales, ya sean superficiales o subte-rráneas, deberán aportar copia de la inscripción de la concesión o aprovechamiento de agua para el riego en los correspondientes Registros o Catálogos de agua de que disponga el Organismo de Cuenca. La concesión o aprovechamiento deben estar adscritos a la superficie objeto de la inversión.
2. En el caso de usuarios de tomas de agua colectivas, deberán aportar certificado ex-pedido por la Comunidad de Regantes, en el que se especifique que la relación de recintos SIGPAC objeto de la inversión proyectada se encuentra dentro del ámbito territorial de la zona regable y tienen derecho al uso del agua de riego del que es titular la Comunidad de Regantes
Cuando la persona solicitante no sea el propietario de las tierras sobre las que se llevará a cabo la inversión, aportará:
1. Autorización del propietario de las mismas para la realización de las inversiones.
2. Contrato de arrendamiento, cesión o similar liquidado del correspondiente Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados con una duración mínima de cinco (5) años contados a partir de la fecha de la solicitud.
En el supuesto de que alguna de las parcelas perteneciera a una sociedad conyugal de la que la persona solicitante formara parte, así como cuando perteneciera en comunidad a varias personas, entre las que se encontrara la persona solicitante, también deberá aportarse autorización del resto de copropietarios de la parcela/s, pero no así contrato de arrendamiento.
En subvenciones por importe superior a 30.000 euros, deberán aportar la documentación acreditativa del nivel del cumplimiento de los plazos de pago a proveedores que se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales en la forma y términos que se recogen en el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
En el caso de personas jurídicas,
Escritura o documento de constitución de la sociedad, estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que regula su actividad, así como sus posteriores modificaciones, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate
En el caso de que la persona solicitante se oponga expresamente a que el órgano gestor los recabe de oficio marcando la casilla correspondiente de la solicitud de ayuda:
- Declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los últimos 5 ejercicios.
- Acreditación de actividad agraria por cuenta propia emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Certificación catastral de las parcelas objeto de la inversión.
- Declaración censal de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, con epígrafe de actividad agraria (en el caso de jóvenes agricultores que no hayan presentado ninguna declaración de IRPF).
- Titulaciones académicas de enseñanza agraria.
- Documentación que acredite la representación de la persona física que suscribe la solicitud
- Impuesto de Sociedades, en el caso de personas jurídicas
La justificación de estar al corriente con las obligaciones tributarias, con la seguridad social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será consultada o recabada de oficio por la administración, siempre que conste en el procedimiento e consentimiento expreso de la persona o entidad interesada.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:Enlace externo a solicitud: -
Normativa
- Decreto 12/2025, de 11 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria
- Extracto de la convocatoria incorporada al Decreto 12/2025, de 11 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
El importe total de la convocatoria de ayudas es de tres millones de euros (3.000.000 euros), conforme a las siguientes anualidades:
- Anualidad 2026: 1.000.000,00 euros
- Anualidad 2027: 2.000.000,00 euros
Estas ayudas están cofinanciadas en un 75 % por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), dentro de la intervención 6841.2 denominada "Ayudas a inversiones de modernización y/o mejora de explotaciones agrarias" del Plan Estratégico de la PAC 2023/2027
La financiación se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000 G/353A/77000 FR23744102 de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el proyecto de gasto 20240383 "Implantación de sistemas de eficientes de riego y/o energía en explotaciones agrarias".
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Órgano gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia
Servicio de Regadíos
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida
