Oferta pública de caza - Juntaex.es
Oferta pública de caza - Juntaex.es
Oferta pública de caza
Participación en el sorteo de oferta pública de caza en terrenos cinegéticos bajo gestión pública
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
Durante el mes de noviembre de cada año.
-
Finalidad
Este trámite permite presentar la solicitud para participar en la sorteo de la oferta para el ejercicio de la caza en terrenos cinegéticos bajo gestión pública. -
Destinatarios
Personas que deseen practicar la caza en terrenos gestionados por la administración.
-
Requisitos
1. Cumplir los requisitos del artículo 28 de la Ley de Caza:
a) Cazadores locales: naturales o con vecindad administrativa en los términos municipales en los que esté ubicado el terreno.
b) Cazadores autonómicos: naturales o con vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Cazadores nacionales o equiparados: españoles, nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y los de otros Estados con acuerdos equivalentes.
2. Los cazadores que tengan la condición de locales podrán participar, al mismo tiempo, como autonómicos en otro terreno distinto a aquel en el que tienen la condición de local siempre que se trate de una modalidad de caza que no se realice en el terreno en el que tiene tal condición.
3. No haber sido sancionado en virtud de resolución administrativa ejecutiva o resolución judicial firme por hechos relacionados con el medio ambiente.
-
Documentación
Documentación obligatoria:
1. Solicitud de participación.
2. DNI o certificado de empadronamiento en caso de oposición a la consulta de datos personales o de residencia.
-
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Representación voluntaria por medios electrónicos
-
Normativa
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
- Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura. Texto consolidado.
- DECRETO 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión y se modifica el Decreto 91/2012, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza.
- DECRETO 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión y se modifica el Decreto 91/2012, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza. Texto consolidado.
-
Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Potestativo de reposición.
-
Más información
La Oferta Pública de Caza, que se publicará antes del sorteo, incluirá un listado de las acciones cinegéticas ofertadas para cada temporada especificando la modalidad, el número de cazadores por acción colectiva y el terreno cinegético concreto, así como el número de permisos asignado a cada grupo de cazadores.
La distribución de los permisos se hará mediante sorteo público de la siguiente manera:
- 50% para cazadores de ámbito local.
- 40% para cazadores de ámbito autonómico.
- 10% para cazadores de ámbito nacional o equiparado.
La solicitud puede presentarse durante todo el mes de noviembre.
Debe marcar la casilla del tipo de cazador por el que se accede al sorteo. Los cazadores locales podrán participar sólo como locales o también como autonómicos para cazar en otro terreno cinegético bajo gestión pública distinto de aquel en el que tiene la condición de local. En este último caso, únicamente podrá participar en las modalidades cinegéticas que no se realicen en el terreno cinegético en el que tengan el carácter de local.
En caso de duplicidad de solicitudes se tendrá en cuenta la última presentada dentro de plazo.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se elabora el listado de admitidos provisionalmente frente al que los interesados podrán realizar las subsanaciones correspondientes. Una vez resueltas las subsanaciones se hará público el listado definitivo que asignará un número a cada persona admitida al sorteo.
El primer miércoles hábil del mes de marzo se realizará el sorteo público ante notario.
Del resultado del sorteo se elaborará el listado provisional de adjudicatarios que se publicará en el DOE. Desde esa fecha los adjudicatarios disponen de 10 días para presentar su orden de preferencias del listado de permisos.
Cada temporada se publicarán los modelos para la elección de permisos en extremambiente.
Si no se comunica el orden de preferencias en plazo, el cazador quedará excluido del listado correspondiente.
Una vez comunicado el orden de preferencias no se podrá modificar.
Cada adjudicatario tiene derecho a un solo permiso. En caso de resultar adjudicatario como local y como autónomico, deberá optar por uno de ellos en el mismo plazo de 10 días anterior.
Una vez aprobada la adjudicación definitiva de permisos, que también será objeto de publicación en el DOE y en extremambiente, se notificará a cada adjudicatario junto con el condicionado que regirá la acción cinegética e incluirá las instrucciones necesarias.
El condicionado debe remitirse firmado junto con el resguardo de pago de la tasa y precio público que corresponda. En caso contrario, se excluirá al cazador del listado correspondiente.
Para solicitar la participación en el sorteo y para la elección de los permisos no hace falta abonar ninguna tasa, las tasas o precios públicos deberán abonarse una vez adjudicado el correspondiente permiso. Esta información se facilitará en escrito dirigido al efecto una vez aprobado el listado definitivo de adjudicatarios.
Las personas que hayan participado en el sorteo y no hayan resultado adjudicatarias de un permiso serán suplentes en el orden correspondiente a partir del número inmediatamente posterior a la última persona adjudicataria. Se respetará el orden numérico como orden de preferencia para la elección de los permisos vacantes.
A las personas que hayan resultado suplentes se les notificará esta circunstancia junto con el listado de permisos vacantes y se les concederá un plazo de 10 días para remitir el orden de preferencias en la elección de permisos.
El orden que se seguirá en caso de que se agote una lista de cazadores locales será el siguiente:
1º Se pasa a la lista de la localidad que le siga por orden alfabético, ofertándose al siguiente cazador de la lista.
2º Una vez agotadas las listas de locales, se pasará a la lista de autonómicos.
Tasas y precios públicos:
- Tasa por expedición del permiso correspondiente (cod.: 23020-3). Esta tasa debe abonarse tras la adjudicación del permiso y antes de su expedición. La falta de pago determinará la pérdida del permiso. En la notificación que se dirija al efecto se especificarán las instrucciones.
- Precio público (cod.: 23104-3):
- Como cuota complementaria en acciones colectivas, por la participación en las mismas. La cuantía consiste en una cantidad fija en función de la modalidad.
- Como cuota complementaria en acciones individuales, por cada ejemplar abatido o herido. La cuantía se calculará en función de la evaluación realizada por el guía conforme a los puntuación del trofeo.
-
Órgano gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida -
Preguntas frecuentes
No. Una vez realizado el sorteo, el listado de adjudicatarios y el orden de preferencias en la elección de permisos se publica en la web extremambiente.
No. La tasa o precio público únicamente se abona una vez adjudicado el permiso.
Si. Cualquier persona puede acudir al sorteo. La fecha y lugar de celebración se publicarán junto con el listado de admitidos definitivo.