Subvención al Ayuntamiento de Fuentes de León en materia de uso público en áreas protegidas

Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Fuentes de León, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Recepción e Información del Monumento Natural "Cuevas de Fuentes de León". Anualidades 2022-2024.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
12/6/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Vigencia del Convenio desde su firma hasta 15 de Agosto de 2024.

  • Finalidad

    El objeto de este Convenio es regular la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Fuentes de León (durante las anualidades 2022-2024, para la ejecución de acciones de fomento de la sensibilización medioambiental, así como la dinamización y promoción del Centro de Recepción e Información del Monumento Natural Cuevas de Fuentes de León. La subvención se considera indispensable para poder mantener las acciones de sensibilización en el equipamiento ambiental propiedad del Ayuntamiento de Fuentes de León.
  • Destinatarios

    Ayuntamiento Fuentes de León.

  • Requisitos

    Subvención mediante concesión directa.

  • Cuantía

    CUANTÍA: Noventa y tres mil seiscientos cinco euros con veintiocho céntimos (93.605,28 euros).

    FUENTE DE FINANCIACIÓN:

    Aplicación presupuestaria 18003.354A.46000, proyecto de gasto 20160236 y código de fondo FR14070604, cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Regional dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, (FEADER, Europa invierte en las zonas rurales), medida 7.6.4. Promoción del uso público, gestión y conservación de la Red Natura 2000 y otras zonas de alto valor natural así como el mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural, tasa de cofinanciación del 80%.

  • Solicitud y Anexos

    Enlaces a anexos:Enlace externo a solicitud:

    No existe documento normalizado

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Sostenibilidad
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Existen seis equipamientos ambientales que no son propiedad de la Junta de Extremadura resultando de titularidad municipal, siendo uno de ellos Centro de Recepción e Información del Monumento Natural Cuevas de Fuentesnbspde León.

    Dada la necesidad de mantener las acciones de sensibilización ambiental en estos equipamientos ambientales, resulta aconsejable y justificado la concesión de una subvención directa a los titulares de estas instalaciones para la financiación de estas acciones necesarias para la conservación de la biodiversidad, considerándose una actividad de interés público.

    Mediante la aprobación del Decreto 124/2001, de 25 de julio, las Cuevas de Fuentes de León se declaran Monumento Natural, una tipología de Espacio Natural Protegido conforme lo establecido en el artículo 19 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura.

    Conforme se establece en el artículo segundo del Decreto 124/2001, de 25 de Julio, la declaración del Monumento Natural de las Cuevas de Fuentes de Leónnbsptiene como objetivos básicos:

    1. Mantener la integridad estructural, hidrológica, y cultural del complejo kárstico donde se ubican las Cuevas de Fuentes de León, así como asegurar el mantenimiento de todos aquellos recursos que afectan directa o indirectamente a la conservación de dicho complejo.
    2. Propulsar el desarrollo socioeconómico y cultural de las poblaciones de forma compatible con el Espacio Natural Protegido.
    3. Potenciar la investigación para un mejor conocimiento de los valores de este Espacio Natural Protegido.
    4. Proporcionar formas de uso y disfrute del Espacio Natural Protegido de manera compatible con su conservación y la seguridad de los visitantes.
    5. Facilitar el desarrollo de actividades de información, interpretación y educación ambiental.
    6. Propiciar que su conservación y uso sea un ejemplo a seguir tanto en Extremadura como en otros ámbitos, como modelo de desarrollo sostenible en un Espacio Protegido.
    7. Este procedimiento de concesión directa sin convocatoria previa obedece a la naturaleza de la actividad que promueve el presente convenio ligado a la existencia de un Equipamiento Ambiental de propiedad municipal donde se promueve el uso público en un Área Protegida.
      nbsp

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Sostenibilidad
    Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

¿Qué te ha parecido? ¿Qué te ha parecido este contenido?