Homologación de actividades formativas destinadas a la obtención del certificado de bienestar animal - Juntaex.es
Homologación de actividades formativas destinadas a la obtención del certificado de bienestar animal - Juntaex.es
Homologación de actividades formativas destinadas a la obtención del certificado de bienestar animal
Solicitud de homologación de cursos de bienestar animal.
Fecha de actualización
:
26/4/2024
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Homologar actividades formativas de bienestar animal. -
Destinatarios
Organizaciones profesionales agrarias, centros docentes públicos o privados y empresas o entidades privadas, que tengan entre sus fines la formación de los recursos humanos del sector agrícola, agroalimentario, ganadero y/o del medio rural en la región.
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Requisitos
Presentar la solicitud de homologación para cada actividad formativa.
La presentanción deberá realizarse con al menos 30 días de antelación a la fecha de celebración de la actividad formativa correspondiente.
Junto con la solicitud, habrá de adjuntarse la ficha técnica de la actividad formativa.
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Documentación
- Solicitud de homologación de la actividad formativa.
- Ficha técnica de la actividad formativa.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:- Relación de alumnos (Anexo VIII del Decreto 270/2011, de 11 de noviembre)
- Hojas de asistencia (Anexo XI del Decreto 270/2011, de 11 de noviembre)
- Relación de alumnos/as (Anexo XII del Decreto 270/2011, de 11 de noviembre )
- Cuestionario de evaluación (Anexo XVII del Decreto 270/2011, de 11 de noviembre)
- Comunicación de inicio/programa definitivo del curso (Anexo VII del Decreto 270/2011, de 11 de noviembre)
- Programa de los cursos (Anexo I del Decreto 270/2011, de 11 de noviembre)
- Hoja de evaluaciones (Anexo XIII del Decreto 270/2011, de 11 de noviembre)
- Ficha técnica de la actividad formativa (Anexo VI del Decreto 270/2011, de 11 de noviembre)
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Normativa
- Decreto 197/2007, de 20 de julio, por el que se establece la normativa aplicable relativa a los establecimientos y servicios plaguicidas de usos agrarios en la Comunidad Autónoma de Extremadura (en los aspectos en los que no se oponga al RD 1311/2012) (DOE Nº86, de 26-07-07)
- Decreto 270/2011, de 11 de noviembre, por el que se establece la normativa reguladora de las actividades de formación dirigidas a la obtención de la capacitación suficiente para la manipulación y aplicación de plaguicidas de uso agrícola y/o ganadero y el bienestar animal, así como la regulación del procedimiento de homologación de los programas formativos correspondientes y la expedición del carné o certificado procedente en el mbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. nº 221, de 17 de noviembre de 2011)
- Decreto 79/2015, de 28 de abril, por el que se establece la normativa reguladora de las actividades de formación dirigidas a la obtención de la capacitación suficiente para la manipulación y aplicación de plaguicidas de uso agrícola, así como la regulación del procedimiento de homologación de los programas formativos correspondientes y la expedición del carné procedente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. Nº 84, DE 05-05-2015)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Desarrollo Rural
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Desarrollo Rural
Servicio de Formación del Medio Rural
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida