Carné de aplicador/manipulador de plaguicidas de uso agrícola - Juntaex.es
Carné de aplicador/manipulador de plaguicidas de uso agrícola - Juntaex.es
Carné de aplicador/manipulador de plaguicidas de uso agrícola
Solicitud de expedición y renovación del carné de aplicador/manipulador de plaguicidas de uso agrícola.
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
-
Finalidad
Expedir el carné de aplicador/manipulador de plaguicidas de uso agrícola. -
Destinatarios
Aplicadores, el personal de las empresas dedicadas a la realización de tratamientos con productos de uso fitosanitario, así como el personal de establecimientos de fabricación, almacenamiento, venta o distribución, o que de cualquier otro modo manipule dichos productos.
-
Requisitos
Las personas solicitantes deverán realizar las actividades formativas correspondientes (Cursos Homologados para la obtención del Carné de Aplicador de Plaguicidas de Uso Agrícola) y superar las evaluaciones de las mismas
-
Documentación
- Modelo de solicitud de carné de aplicador de plaguicidas de uso agrícola
- Modelo de solicitud de renovación de carné de aplicador de plaguicidas de uso agrícola.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, en vigor, en el caso de no autorizar a la comprobación de oficio por el órgano Instructor, o Permiso de Residencia, en vigor.
- Tasa correspondiente a través de modelo 50.
- Declaración responsable de no padecer impedimento para la aplicación de plaguicidas.
-
Solicitud y Anexos
-
Normativa
- Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (BOE de 15-09-2012)
- Decreto 197/2007, de 20 de julio, por el que se establece la normativa aplicable relativa a los establecimientos y servicios plaguicidas de usos agrarios en la Comunidad Autónoma de Extremadura (en los aspectos en los que no se oponga al RD 1311/2012) (DOE Nº86, de 26-07-07)
- Decreto 270/2011, de 11 de noviembre, por el que se establece la normativa reguladora de las actividades de formación dirigidas a la obtención de la capacitación suficiente para la manipulación y aplicación de plaguicidas de uso agrícola y/o ganadero y el bienestar animal, así como la regulación del procedimiento de homologación de los programas formativos correspondientes y la expedición del carné o certificado procedente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (D.O.E. nº 221, de 17-11-2011)
- Decreto 79/2015, de 28 de abril, por el que se establece la normativa reguladora de las actividades de formación dirigidas a la obtención de la capacitación suficiente para la manipulación y aplicación de plaguicidas de uso agrícola, así como la regulación del procedimiento de homologación de los programas formativos correspondientes y la expedición del carné procedente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. de 5 de mayo de 2015)
-
Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Desarrollo Rural
- Plazo para resolver: 4 No tiene
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
-
Más información
-
Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Desarrollo Rural
Servicio de Formación del Medio Rural
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida