Ayuda destinada a la financiación de Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación

Solicitud de ayudas destinadas a la financiación de proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del SECTI.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
3/6/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 30/12/2022 Hasta: 30/01/2023
  • Finalidad

    Impulsar la transferencia de conocimiento científico mediante la colaboración y cooperación entre los organismos de investigación y las empresas, facilitando el acercamiento de los grupos de investigación de los entes públicos, especialmente la Universidad de Extremadura, al tejido empresarial, desarrollando proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental intensivos en conocimiento que favorezcan el desarrollo de un modelo de crecimiento económico basado en la ciencia y tecnología, atractivo para la captación de inversiones, capaz de atraer y retener personal de investigación altamente formado y que favorezca las actividades empresariales en investigación con el objeto de potenciar su competitividad y productividad.
  • Destinatarios

    Empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante Agentes públicos del SECTI).

  • Requisitos

    1. Las empresas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

    a) Estar formalmente constituida a la fecha en que formulen la solicitud de subvención y dada de alta, a la fecha en que inicie su participación en el proyecto, en algún epígrafe de IAE que habilite para realizar actividad en Extremadura.

    b) Obligarse a desarrollar el proyecto en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de Extremadura y tener un código de cotización en la Seguridad Social en la Comunidad Autónoma en el que se inscriba el personal investigador o auxiliar imputado al proyecto que preste sus servicios por cuenta ajena.

    c) Cuando participen en el proyecto imputando horas de trabajo como personal investigador personas que sean socias de las empresas que forman la agrupación y por ello deban estar encuadradas en el RETA o como trabajadores por cuenta propia en el régimen correspondiente de la Seguridad Social; deberá quedar acreditado que estas personas socias también están al corriente de sus obligaciones con las Haciendas Estatal y Autonómica y con la Seguridad Social.

    d) No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el apartado 25) del Anexo definiciones de este Decreto.

    e) Presentar garantía por el importe de subvención correspondiente al anticipo que se reconozca a cada empresa por su participación en la ejecución del proyecto. Esta garantía, que adoptará la forma de aval bancario, préstamo o seguro de caución, será concertada de forma específica para la ejecución del proyecto subvencionado, mantendrá su vigencia hasta que la empresa reciba la parte que le corresponda sobre la liquidación del proyecto y se formalizará con posterioridad a la recepción de la notificación de la resolución por la que se concede la ayuda.

     

    2 Los Agentes públicos del SECTI deberán cumplir los siguientes requisitos:

    a) Estar válidamente constituidos a la fecha en que se formule la solicitud de subvención.

    b) Cumplir con la definición y condiciones a las que se refieren los apartados 1 y 2) del Anexo definiciones de este Decreto.

    c) Contar con personal investigador propio y equipamiento científico, que intervengan en la generación de conocimiento, promoción, desarrollo y/o aprovechamiento de las actividades de I+D+i.

     

    3. Tanto las empresas como los Agentes públicos de SECTI deberán cumplir los siguientes requisitos:

    a) No podrán estar incursos en cualquiera de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, LSCAEX.

    b) No pueden estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado común, ni aquellas que tengan deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración.

  • Cuantía

    La cuantía de la subvención se calcula aplicando a la inversión subvencionable el porcentaje de intensidad de ayuda que corresponda según la naturaleza de cada entidad que forma parte de la agrupación beneficiaria. La intensidad de ayuda para los centros públicos se establece en el 100% de los costes elegibles, mientras que para las empresas se determina en función a la tipología de empresa y a la categoría (investigación industrial o desarrollo experimental), con la que se califique el proyecto.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Recursos de la Investigación Científica Empresarial
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación
    Servicio de Recursos de la Investigación Científica Empresarial
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida

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