Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte (SMGT) - Juntaex.es
Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte (SMGT) - Juntaex.es
Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte (SMGT)
Solicitud de subsidio para gastos de desplazamientos de aquellas personas que, por razón de su discapacidad, tengan graves dificultades para utilizar transportes colectivos.
Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
El subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte es en una prestación económica, de carácter periódico destinada a atender los gastos originados por desplazamientos fuera de su domicilio habitual de aquellas personas que, por razón de su discapacidad, tengan graves dificultades para utilizar transportes colectivos. -
Destinatarios
Personas afectadas por pérdidas funcionales o anatómicas o por deformaciones esenciales, en grado igual o superior al 33 por 100, que le dificulten gravemente utilizar transportes colectivos.
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Requisitos
Las personas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:
a) No estar comprendido/a en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral.
b) No ser beneficiario/a o no tener derecho, por edad o por cualesquiera otras circunstancias a prestación o ayuda de análoga naturaleza y finalidad y, en su caso, de igual o superior cuantía otorgada por otro organismo público. A tales efectos, no se consideran como tal las prestaciones por Dependencia contempladas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
c) No superar el nivel de recursos económicos personales y/o familiares del 70%, en cómputo anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente en cada momento, referido a 14 pagas. En el supuesto de que el/la beneficiario/a tenga personas a su cargo o dependa de una unidad familiar, dicho importe se incrementará en un 10%, por cada miembro distinto de la persona beneficiaria hasta el tope máximo del 100% del citado indicador.
En 2023, la cuantía del 70 % IPREM para determinar el nivel de recursos asciende a 5.880 €
El importe percibido en concepto de ingreso mínimo vital por la persona beneficiaria del SMGT y el resto de los miembros de la unidad familiar se computará como recurso a efectos de determinar el mantenimiento del derecho del subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
Por otra parte, será compatible, en todo caso, con la percepción de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social o con los recursos personales del beneficiario que no superen la cuantía de dichas pensiones.
d) Edad: Tener tres o más años.
e) Discapacidad: Grado de discapacidad igual o superior al 33%
f) Grave dificultad para utilizar transportes colectivos, que se acredita mediante resolución emitida por el CADEX, siendo necesario acreditar encontrarse en las situaciones A, B o C o tener al menos 7 puntos del baremo específico establecido para valorar la dificultad de uso de transportes colectivos (Anexo II del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre)
g) No encontrarse imposibilitado/a para desplazarse fuera de casa.
h) Si está interno/a en centro, salir al menos diez fines de semana al año.
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Cuantía
Cuantía de este Subsidio en 2024: 81,20 €/mes (974,40 €/año)
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Documentación
Deberá presentar el IMPRESO NORMALIZADO DE SOLICITUD, firmado y cumplimentado en todos sus apartados. En caso de huella dactilar, deberá estar diligenciada por funcionario público.
Cuando la solicitud se suscriba por persona distinta del posible beneficiario, deberá acreditarse la representación:
- Si quien suscribe la solicitud actúa como curador de la persona solicitante: mediante copia de la resolución judicial que establezca medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica del solicitante o que declare su incapacidad legal si la resolución es anterior al 03/09/2021.
- Si quien suscribe la solicitud ha sido designada por la persona solicitante: certificación del Registro Civil o copia de la escritura pública en el que conste como persona designada voluntariamente por la persona interesada para prestarle medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.
- Si actúa en calidad de guardador de hecho sin designación en escritura pública: modelo de guardador de hecho debidamente cumplimentado y firmado por el guardador de hecho
- Si actúa como apoderado: documento que acredite la representación.
- Si se actúa en el ejercicio de una incapacidad legal establecida por la autoridad judicial con anterioridad al 3 de septiembre de 2021: copia de la resolución judicial en la que se declare la incapacidad legal del solicitante de la pensión o prestación y la declaración judicial sobre nombramiento del tutor
Deberán cumplimentarse en la solicitud todos los datos bancarios, incluyendo la entidad financiera, el domicilio de la sucursal, el IBAN y el Código de Cuenta del Cliente así como el nombre y apellidos y DNI/NIE del solicitante. En caso contrario, deberá aportarse certificado bancario o copia de la libreta de ahorro o cuenta corriente.
IMPORTANTE: Para el abono de la pensión en la cuenta bancaria indicada, la persona solicitante debe ser en todo caso titular o cotitular de la cuenta bancaria (No autorizada). Si tuviera representante legal designado con anterioridad al 03/09/2021 o curador o guardador/a de hecho, la persona que presta la medida de apoyo deberá ser titular de la cuenta bancaria si en la resolución judicial se autoriza para disponer gratuitamente de los bienes y derechos de la persona solicitante de la pensión
A fin de agilizar la tramitación administrativa de la solicitud, preferiblemente deberá acompañarse a la solicitud la siguiente documentación:
- Datos de identidad y residencia legal:
* En caso de solicitantes de nacionalidad española, deberá aportar fotocopia del DNI en vigor de la persona solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar, así como del representante legal/guardador de hecho, en su caso, o no oposición para la consulta por medios telemáticos.
En caso de menores de 14 años que no tuvieran DNI, se aportará copia del libro de familia o Certificado del Registro Civil en el que figuren.
* En caso de solicitantes nacionales de otros países de la Unión Europea, deberán aportar copia del pasaporte completo en vigor o del documento de identidad de su país de origen y del certificado de registro de ciudadano de la Unión o de residencia permanente de ciudadano de la Unión.
Asimismo, en el caso de no quedar acreditado con la documentación anterior el periodo mínimo de residencia legal exigido en función el tipo de pensión solicitada, según sea de jubilación (10 años) o de invalidez (5 años), deberán aportar certificado de la Oficina de Extranjería o, en su defecto, de la Comisaría de Policía correspondiente acreditativo de los períodos de residencia legal o la documentación de su país de procedencia que acredite este extremo.
* En caso de solicitantes extranjeros extracomunitarios, deberán aportar copia del pasaporte completo en vigor o del documento de identidad de su país de origen y de la tarjeta o permiso de residencia en vigor. Asimismo, deberán aportar certificado de la Oficina de Extranjería o, en su defecto, de la Comisaría de Policía correspondiente acreditativo de los períodos de residencia legal.
- Certificado de empadronamiento y convivencia, con altas y bajas de inscripción, expedido por la Secretaría del Ayuntamiento, donde figurarán todas las personas que residen en el domicilio.
- Copia del libro de familia o Certificado del Registro Civil.
- Fe de vida y estado de los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
- En caso de separación o divorcio, deberá aportarse copia de la sentencia y del convenio regulador. Si la sentencia y/o convenio fija pensión compensatoria o alimenticia y no fueran abonadas, se imputarán igualmente como ingresos, salvo que se aporte demanda judicial por impago admitida a trámite.
- Vida laboral actualizada de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años o no oposición a la consulta a ficheros públicos.
- Copia del contrato de trabajo, en su caso, y justificante de ingresos del año en curso de todos los miembros de la unidad familiar: nóminas, en caso de trabajadores por cuenta ajena; modelos 130 o 131 en caso de trabajadores autónomos o modelo 200 en caso de tributar en el Impuesto de Sociedades y certificado de la T.G.S.S. de peonadas realizadas, así como nóminas, si procede, en caso de trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores por cuenta ajena agrarios.
- En caso de trabajadores en alta con convenio especial, deberán aportar copia del convenio y de la documentación que acredite el importe de la cuota de cotización a la Seguridad Social.
- Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), negativo o positivo, de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años, indicando en su caso los periodos reconocidos y cuantías percibidas en concepto de prestaciones, subsidio y ayudas o programas por desempleo o no oposición para la consulta de ficheros públicos.
- Certificado del INSS de pensiones o prestaciones, negativo o positivo, de todos los miembros de la unidad familiar acreditativo del periodo reconodo e importes o no oposición para la consulta de ficheros públicos.
En el caso de que algún miembro de la unidad familiar perciba pensión de algún país extranjero, se aportará justificante del importe de la misma y de la fecha de reconocimiento.
En caso de proceder de otro país, deberá aportarse certificado del órgano competente de dicho Estado, negativo o positivo, acreditativo en este último caso de la fecha de reconocimiento y del importe actual de la pensión o prestación de la que se es beneficiario/a.
En caso de estar en situación de incapacidad temporal, deberá aportarse copia del certificado emitido por la entidad pagadora de la prestación de incapacidad temporal, indicando periodo reconocido e importe.
- Copia de la declaración del IRPF del último ejercicio fiscal o, en caso de no realizarla, certificado de imputaciones de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años o no oposición para la consulta de ficheros públicos
- Certificado de la Dirección General del Catastro, negativo o positivo, acreditativo de la titularidad de bienes inmuebles de todos los miembros de la unidad familiar o no oposición para la sonsulta a ficheros públicos.
En caso de tener alquilado inmuebles propiedad de algún miembro de la unidad familiar, copia del contrato de arrendamiento donde figure la duración y la renta pactadas
- Si el/la solicitante reside en un Centro, deberá aportarse certificado expedido por la Dirección del mismo, indicando si está interno/a en centro y si puede salir al menos diez fines de semana al año.
- Dictamen o resolución de reconocimiento del grado de discapacidad y movilidad reducida o no oposición para su consulta por medios telemáticos.
- Cualquier otro documento necesario para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos
LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD:
a) Si se reside en la provincia de Cáceres: Servicio Territorial de Cáceres. Plaza Hernán Cortés, 1. C.P. 10001- Cáceres. DIR3 A11030102
b) Si se reside en la provincia de Badajoz: Servicio Territorial de Badajoz. Ronda del Pilar, 10 - 2ª Planta C.P. 06002- Badajoz. DIR3 A11030101
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Solicitud y Anexos
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Normativa
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas reguladas en el Real Decreto Legislativo 1/2013
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Prestaciones Sociales y Ayudas
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
https://imserso.es/pnc-prestaciones-subvenciones/prestaciones-sociales-economicas-personas-discapacidad
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Órgano gestor
Consejería de Salud y Servicios Sociales
Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
Servicio de Prestaciones Sociales y Ayudas
Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A
06800, Mérida