Licencia de pesca

Solicitud de licencia de pesca.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
9/5/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazo de presentación.

  • Finalidad

    Este trámite permite obtener la licencia que autoriza la práctica de la pesca en Extremadura.
  • Destinatarios

    Personas que deseen practicar la pesca en Extremadura.

  • Requisitos

    No encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la pesca por sentencia judicial firme o resolución sancionadora ejecutiva.

  • Documentación

    Documentación obligatoria:

    1. DNI o equivalente (en caso de oposición a la consulta de datos personales)

    2. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50)

    Código de la tasa: 23031-6

    3. Documentación acreditativa de la bonificación o exención:

    a) Tarjeta federativa

    b) Certificado grado de discapacidad (en caso de oposición a la consulta de datos)

    c) Certificado familia numerosa (en caso de oposición a la consulta de datos)

    Bonificaciones y exenciones: 

    1. Gozarán de una bonificación del 25% en el importe de la tasa los siguientes grupos:

       a) Pescadores federados en la Federación Extremeña de Pesca.

       b) Personas menores de 30 años.

       c) Mujeres pescadoras. 

       d) Personas con discapacidad igual o superior al 33%.

       e) Miembros de familia numerosa.

    2. Gozarán de exención en el pago de la tasa las personas mayores de 65 años con vecindad administrativa en Extremadura. 

    3. Para el año 2024 se ha establecido una bonificación del 50% en la cuantía de la licencia.

    IMPORTANTEPara recibir la licencia de pesca en el domicilio habrá que enviar la documentación (incluyendo el modelo 50 de pago en pdf, si corresponde) a través del correo electrónico licencias.cazaypesca@juntaex.es, en cualquier registro oficial, o bien por correo postal a LICENCIAS DE CAZA Y PESCA (Apartado 254, 06800 MÉRIDA ). El envio de documentación no será necesario para las solicitudes que se presenten online a través de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    La licencia de pesca es única para todas las modalidades de pesca.

    Es nominal, intransferible e imprescindible para la práctica de la pesca en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Las personas menores de 14 años pueden pescar con su propia licencia o bien pueden incluirse en la licencia de una persona mayor de edad.


  • Órgano gestor

    Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
    Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
    Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
    Avenida Luis Ramallo, S/N
    06800, Mérida

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